II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL. Funcionarios del Subgrupo C1. (BOE-A-2022-2557)
Acuerdo de 9 de febrero de 2022, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se convoca concurso para la provisión de puestos de trabajo en el Centro de Documentación Judicial y en la Gerencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 41

Jueves 17 de febrero de 2022

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presentación de solicitudes han transcurrido dos años desde la toma de posesión del
último destino definitivo.
5. Los funcionarios/as que pertenezcan a dos o más cuerpos o escalas del mismo o
distinto subgrupo sólo podrán participar en el concurso desde uno de ellos. La
certificación deberá referirse a los requisitos y méritos correspondientes a dicho cuerpo o
escala, salvo para funcionarios destinados en el Consejo General del Poder Judicial.
6. No podrán participar en el concurso los funcionarios/as suspensos en firme,
mientras dure la suspensión.
Segunda.

Baremo.

La valoración de los méritos para la adjudicación de los puestos de trabajo se
efectuará de acuerdo con el siguiente baremo:
1.

Méritos generales (primera fase).

1.1

Valoración del grado personal.

1.1.1 Por tener consolidado y reconocido un grado personal, o por haber servido
durante dos años continuados o tres con interrupción en uno o más puestos de trabajo a
los que les corresponda un complemento de destino equivalente al de un determinado
nivel de puesto de trabajo, se adjudicarán hasta un máximo de 3 puntos, según la
distribución siguiente:
– Por la posesión del grado personal superior al del puesto convocado: 3 puntos.
– Por la posesión del grado personal igual al del puesto convocado: 2 puntos
– Por la posesión del grado personal inferior al del puesto convocado: 1 punto.
El grado reconocido fuera del ámbito de la Administración General del Estado se
valorará cuando se halle dentro del intervalo de niveles establecido en el artículo 71 del
Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, para el grupo de titulación a que pertenezca el
funcionario. Si este excede del intervalo se valorará el grado máximo del intervalo
asignado a su grupo de titulación.
A los funcionarios de los cuerpos o escalas de la Administración de Justicia, se les
asignará por este apartado tres puntos si pertenecen al Cuerpo o Escala de Gestión
Procesal y Administrativa y dos puntos si pertenecen al Cuerpo o Escala de Tramitación
Procesal y Administrativa, siempre que acrediten al menos cinco años de permanencia
en el servicio activo en el cuerpo o escala desde el que participan en el concurso. En el
caso de que acrediten un tiempo inferior a cinco años pero superior a dos, se les
asignarán dos y un punto, respectivamente.
1.2

Valoración del trabajo desarrollado.

– La experiencia en el desempeño de puestos de trabajo pertenecientes a un área
funcional o sectorial similar,
– El grado de similitud en el contenido técnico y especialización con la plaza
convocada según los méritos que se especifican en el anexo I y
– El tiempo de desempeño de dichos puestos y las aptitudes o rendimientos
acreditados. A estos efectos, se considerará como desempeño efectivo de los puestos el
tiempo de permanencia en las situaciones de excedencia por cuidado de familiares y la
excedencia por razón de violencia de género.

cve: BOE-A-2022-2557
Verificable en https://www.boe.es

Atendiendo a las características de los puestos desempeñados en los últimos cinco
años, en relación con las propias de la plaza convocada conforme se indica en el
anexo I, se adjudicarán hasta un máximo de 6 puntos que se valorarán según los
siguientes criterios: