III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Convenios. (BOE-A-2022-2503)
Resolución de 9 de febrero de 2022, de la Dirección de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se publica el Convenio con la Asociación de Academias de la Lengua Española, para el establecimiento de una alianza estratégica y la creación de un nuevo programa integral de becas de formación y colaboración, Programa Asale, en el marco de los Programas de Becas MAEC-AECID y para la designación de Asale como entidad colaboradora.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 40

Miércoles 16 de febrero de 2022

Sec. III. Pág. 19699

Respecto al punto b) de la cláusula primera:
1.

La AECID:

a) Comunicar a la ASALE la relación de beneficiarios que vayan a cursar los
estudios de lexicografía en Madrid y a realizar la estancia formativa en las Academias,
establecidos en el programa y en relación con los cuales vaya a actuar como entidad
colaboradora de la AECID.
b) Comunicar la dotación económica desglosada correspondiente a cada uno de los
beneficiarios indicados.
c) Transferir a la ASALE de acuerdo con las previsiones acordadas el importe total
de la dotación económica correspondiente a los beneficiarios en relación con los cuales
vaya a actuar como entidad colaboradora de la AECID excluyendo la parte relativa a
seguros de asistencia sanitaria y de accidentes.
d) Gestionar los seguros de asistencia sanitaria y de accidentes de los
beneficiarios.
e) Realizar el seguimiento y supervisión de la gestión realizada por la entidad
colaboradora.
f) Cualesquiera otras actuaciones relativas al desarrollo de los Programas de Becas
objeto del presente Convenio, realizando las oportunas comunicaciones a la entidad
colaboradora cuando proceda.

a) Recibir el importe total de la dotación económica correspondiente a los
beneficiarios en relación con los cuales vaya a actuar como entidad colaboradora de la
AECID, así como comunicar a la AECID la recepción de dichos fondos.
b) Solicitar las cuentas bancarias a los beneficiarios a efectos de realizar las
entregas de la dotación económica.
c) Entregar los fondos recibidos de la AECID a los beneficiarios en relación con los
cuales vaya a actuar como entidad colaboradora de la AECID, de acuerdo con las
previsiones del presente Convenio y normativa que resulte de aplicación.
d) Determinar los libros y registros contables específicos para facilitar la adecuada
justificación de los fondos y la comprobación del cumplimiento de las condiciones
establecidas.
e) Justificar ante la AECID la entrega de los fondos recibidos y entregar a la misma
la justificación presentada por los beneficiarios.
f) Someterse a las actuaciones de comprobación que respecto de la gestión de
dichos fondos pueda efectuar la AECID, así como cualesquiera otras de comprobación y
control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, tanto
nacionales como comunitarios, aportando cuanta información sea requerida en el
ejercicio de las actuaciones anteriores.
g) Difundir las convocatorias públicas a través de su página web, redes sociales y
demás canales de comunicación.
h) Colaborar en la incorporación de los becarios a las sedes de las distintas
corporaciones de la ASALE.
i) Comprobar el cumplimiento y efectividad de las condiciones o requisitos
determinantes para su otorgamiento.
Por cada convocatoria del Programa ASALE de Becas MAEC-AECID, ambas
instituciones firmarán un anexo donde conste la convocatoria en la que se regule el
Programa, la relación de beneficiarios que cursarán sus estudios ese curso académico,
la dotación económica que esta debe abonar a cada uno de ellos, la previsión de una
partida a entregar a la entidad colaboradora para cubrir exclusivamente gastos de
gestión y cualesquiera otros aspectos necesarios para la correcta ejecución del presente
Convenio.

cve: BOE-A-2022-2503
Verificable en https://www.boe.es

2. La ASALE, de acuerdo con el artículo 15 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones, y con las previsiones al respecto del presente Convenio: