III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Convenios. (BOE-A-2022-2531)
Resolución de 8 de febrero de 2022, de la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P., por la que se publica el Convenio con la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de España, para regular las condiciones de la colaboración en el programa Kit Digital.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 40

Miércoles 16 de febrero de 2022

Sec. III. Pág. 19931

Los citados importes se librarán directamente a la Cámara de España, que los
destinarás a la financiación de los gastos para la realización de las funciones que le
corresponden como Entidad Colaboradora.
La posible modificación del alcance de las actuaciones a realizar por las partes podrá
conllevar una modificación en el importe y las condiciones de la compensación
económica que Red.es realizará a la Cámara de España.
El pago de la compensación económica se realizará mediante transferencia bancaria
a la cuenta que indique la Cámara de España, estableciéndose el siguiente calendario
de libramientos:
– Se librará el 50% del coste anualizado arriba detallado dentro de los 15 días
posteriores a la publicación de la primera convocatoria de cada anualidad.
– La cuantía restante hasta completar el 100% por anualidad se realizará
trimestralmente conforme el siguiente detalle:
• Con relación a la ejecución directa de actuaciones: mediante la presentación de un
informe extraído de la plataforma en el que se detalle el número de actuaciones
conforme se definen en el cuadro de la página anterior, esto es:






Número validación manual de acuerdos.
Número de validaciones de acuerdos justificados.
Número de acuerdos que conlleven pérdidas de derecho de cobro y reintegros.
Número de acuerdos que conlleven renuncias y desistimientos.
Número de visitas in situ realizadas.

El coste a liquidar será el resultado de multiplicar el número de actuaciones
anteriores por el precio unitario conforme a la anualidad con la que se corresponda.
Procediéndose a realizar las compensaciones oportunas del anticipo previo
realizado.
• Con relación al resto de las actuaciones: anualmente, previa la presentación de
una memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas, con
aportación de las facturas abonadas, o documentos probatorios del gasto realizado.

Octava.

Comisión de seguimiento.

Para la supervisión y seguimiento de este Convenio se constituye una Comisión
seguimiento que estará compuesta por cuatro miembros designados por los firmantes:
dos en representación Red.es y dos en representación de la Cámara de España. Los
miembros de esta Comisión podrán ser sustituidos por las personas que estos designen.
La sustitución, con carácter definitivo o temporal, de cualquiera de los miembros de la
Comisión de Seguimiento, será anunciada en la convocatoria de la reunión
correspondiente, y quedará debidamente reflejada en el acta de la misma.

cve: BOE-A-2022-2531
Verificable en https://www.boe.es

La Cámara presentará anualmente, en el seno de la Comisión de Seguimiento, una
certificación con la justificación de gastos derivados de la ejecución del proyecto total en
cada ejercicio económico. Esta certificación se realizará sobre la base de las facturas
abonadas, notas de cargo y demás documentos probatorios que constituyen el soporte
documental de los gastos incurridos. Todo el soporte documental de los gastos
incurridos, así como el desglose de estos se acompañará a la certificación para su
valoración y aprobación por la Comisión de Seguimiento. En el caso de que el resultado
de la liquidación salga un saldo a favor de Red.es, la Cámara reintegrará el importe
correspondiente, dentro de los 15 días posteriores a la aprobación de la última cuenta
justificativa del ejercicio.
La financiación de esta compensación se realizará con cargo íntegramente a las
cantidades recibidas por Red.es de los créditos del servicio 50 «Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia», en la aplicación presupuestaria 27.50.460C.74011 o su
equivalente en los presupuestos generales de cada ejercicio.