II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Escala de Titulados de Escuelas Técnicas de Grado Medio de Organismos Autónomos del Ministerio de Fomento. (BOE-A-2022-2495)
Resolución de 2 de febrero de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en la Escala de Titulados de Escuelas Técnicas de Grado Medio de Organismos Autónomos del Ministerio de Fomento.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 40

Miércoles 16 de febrero de 2022

Sec. II.B. Pág. 19638

establecido en el artículo 79 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo (BOE de 10 de
abril).
1.3 Los aspirantes sólo podrán participar en una de las dos convocatorias
1.4 La distribución por áreas temáticas de las plazas convocadas es la siguiente:
Acceso libre:
a) Material rodante ferroviario: 1 plazas.
b) Instalaciones fijas ferroviarias: 2 plazas.
c) Metrología: 1 plaza.
Acceso por promoción Interna:
a)

Metrología: 1 plaza.

Si entre las áreas temáticas a y b del turno de acceso libre quedaran plazas sin
cubrir, éstas se podrán acumular a las de la otra área temática.
1.5 Los aspirantes deberán optar por una sola de las áreas temáticas.
1.6 Entre los puestos ofertados se podrán incluir puestos adscritos a otros
Departamentos Ministeriales.
1.7 De acuerdo con el artículo 26 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por
el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la
Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción
Profesional de los funcionarios civiles de la Administración General de Estado, la
adjudicación de puestos de trabajo a los funcionarios de nuevo ingreso se efectuará de
acuerdo con las peticiones de los interesados entre los puestos ofertados a los mismos,
según el orden obtenido en el proceso selectivo, siempre que reúnan los requisitos
objetivos determinados para cada puesto en las Relaciones de Puestos de Trabajo. Se
exceptúa de lo anterior el supuesto recogido en el artículo 9 del Real Decreto 2271/2004,
de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de
puestos de trabajo de personas con discapacidad.
1.8 La elección de destinos se hará por medios electrónicos.

2.1 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de oposición para los
aspirantes que se presenten por el turno de acceso libre y mediante el sistema de
concurso-oposición para los aspirantes que se presenten por el turno de promoción
interna, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el Anexo I.
Podrá participar en este proceso selectivo, en el turno de promoción interna, el
personal laboral fijo encuadrado en el Anexo II del IV Convenio Único para la
Administración General del Estado en los términos indicados en el apartado 5 relativo a
los requisitos de participación, así como el personal laboral fijo de otros convenios de
Organismos Públicos, Agencias y demás Entidades de derecho público con personalidad
jurídica propia, vinculadas o dependientes de la Administración General del Estado, en
los términos señalados en el mismo apartado 5.
2.2 Este proceso incluirá la superación de un curso selectivo. Para la realización de
este curso selectivo, los aspirantes que hayan superado las fases de oposición o de
concurso-oposición, según los casos, serán nombrados funcionarios en prácticas por la
autoridad convocante.
2.3 El plazo máximo para la realización del primer ejercicio será de cuatro meses
contados a partir de la fecha de publicación de la convocatoria, teniendo la fase de
oposición, descrita en el Anexo I, una duración máxima de cuatro meses.
2.4 Las fechas de celebración de alguno de los ejercicios o del curso selectivo
podrán coincidir con las de otros procesos selectivos, sin que dicha coincidencia pueda
suponer causa de aplazamiento.

cve: BOE-A-2022-2495
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2. Proceso selectivo