I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Centros docentes. Admisión de alumnos. (BOE-A-2022-2464)
Resolución de 11 de febrero de 2022, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se regula el proceso de admisión de alumnos y alumnas en centros docentes públicos y privados concertados que imparten el segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación secundaria y bachillerato, en las Ciudades de Ceuta y Melilla para el curso 2022/2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 40

Miércoles 16 de febrero de 2022

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I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL
2464

Resolución de 11 de febrero de 2022, de la Secretaría de Estado de
Educación, por la que se regula el proceso de admisión de alumnos y
alumnas en centros docentes públicos y privados concertados que imparten
el segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación
secundaria y bachillerato, en las Ciudades de Ceuta y Melilla para el curso
2022/2023.

La Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley
Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, ha introducido modificaciones que
requieren desarrollo normativo para adaptar el proceso de escolarización a la nueva
regulación. La presente resolución, en tanto dicho desarrollo se completa, se dicta de
acuerdo con este nuevo marco jurídico, en particular con lo previsto en el título II de la
Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo (Equidad en la educación), y en aplicación directa
del mandato contenido en el artículo 84 que prevé que las Administraciones educativas
regulen «la admisión de alumnos y alumnas en centros públicos y privados concertados
de tal forma que garantice el derecho a la educación, el acceso en condiciones de
igualdad y la libertad de elección de centro por padres, madres o tutores legales. En
dicha regulación se dispondrán las medidas necesarias para evitar la segregación del
alumnado por motivos socioeconómicos o de otra naturaleza. En todo caso, se atenderá
a una adecuada y equilibrada distribución entre los centros escolares del alumnado con
necesidad específica de apoyo educativo».
El Real Decreto 1635/2009, de 30 de octubre, que regula la admisión de los alumnos
en centros públicos y privados concertados, los requisitos que han de cumplir los centros
que impartan el primer ciclo de Educación Infantil y la atención al alumnado con
necesidad específica de apoyo educativo en el ámbito de gestión del Ministerio de
Educación, y la Orden ECD/724/2015, de 22 de abril, modificada por la Orden
ECD/114/2018, de 19 de febrero, por la que se regula el procedimiento para la admisión
de alumnos en centros públicos y privados concertados que imparten el segundo ciclo de
Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato
en las ciudades de Ceuta y Melilla, resultan de aplicación en lo que no se opongan a la
Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre. La presente resolución queda vinculada al
desarrollo normativo de la misma.
En virtud de la disposición final primera de la Orden ECD/724/2015, de 22 de abril,
citada anteriormente, por la que se autoriza a la persona titular de la Secretaría de
Estado de Educación para dictar cuantas resoluciones procedan para la aplicación de lo
dispuesto en dicha orden, así como para fijar los plazos previstos en la misma, se dictan
las siguientes Instrucciones:
Objeto y ámbito de aplicación.

Esta resolución tiene por objeto concretar el procedimiento de escolarización de
alumnos y alumnas en segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria,
Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, en los centros públicos y privados
concertados de las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla, para el curso 2022/2023.
Segunda.

Normativa de aplicación.

Además de lo previsto en la presente resolución, será de aplicación lo dispuesto en
el Real Decreto 1635/2009, de 30 de octubre, y en la Orden ECD/724/2015, de 22 de

cve: BOE-A-2022-2464
Verificable en https://www.boe.es

Primera.