III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Marina mercante. Títulos profesionales. (BOE-A-2022-2520)
Resolución de 11 de febrero de 2022, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se establece el temario y la fecha de la convocatoria del examen para la obtención del certificado de especialidad de patrón profesional de embarcaciones de recreo.
8 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 40

Miércoles 16 de febrero de 2022
Segundo.

Sec. III. Pág. 19859

Solicitud para presentarse a las pruebas de conocimiento.

1. Los interesados en participar en la prueba de conocimiento solicitarán su
admisión a examen en instancia dirigida al Sr. Director General de la Marina Mercante,
cumplimentando el modelo de impreso que figura en el anexo I de esta Resolución. La
inscripción puede realizarse mediante la presentación en el Registro General de la
Dirección General de la Marina Mercante, Capitanías Marítimas, Subdelegaciones del
Gobierno o en las oficinas a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, del
modelo de impreso que figura en el anexo I de esta Resolución (BOE núm. 236, de 2 de
octubre de 2015).
2. La inscripción en la convocatoria también puede realizarse de forma on-line
mediante la aplicación matriculación exprés, a la cual se accede desde la sede
electrónica del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, en el enlace:
https://sede.mitma.gob.es/SEDE_ELECTRONICA/LANG_CASTELLANO/
OFICINAS_SECTORIALES/MARINA_MERCANTE/SERVICIOS_ESPECIALES/
MATRICULACION_EXPRES/default.htm
3. Para beneficiarse de este sistema no es necesario disponer de DNI electrónico o
certificado digital, permitiendo a los interesados la inscripción en la convocatoria del
examen sin tener que desplazarse a ningún registro de la Administración General del
Estado.
Tercero.

No presentación a examen.

La no presentación a examen, salvo por enfermedad debidamente justificada y en el
plazo máximo de tres días hábiles con posterioridad al examen, no dará lugar a cambio
de matrícula para una próxima convocatoria. Solamente se podrán realizar cambios de
matrícula, en las circunstancias anteriores de la primera convocatoria, a la segunda del
mismo año.
Cuarto. Fin de plazo de admisión de solicitudes y lista definitiva de admitidos.
1. Una vez finalizado el plazo de inscripción para presentarse a las pruebas de
conocimiento, se hará pública la lista provisional de admitidos y excluidos en la página
web del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (http://
www.mitma.gob.es), pudiendo en el plazo de diez días, subsanar las deficiencias los
candidatos que hayan resultado excluidos, de acuerdo con lo dispuesto en el
artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre de 2015).
2. Las listas definitivas de admitidos se publicarán en la página web del Ministerio
de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (http://www.mitma.gob.es), junto con el
lugar, fecha y hora señalada para la realización de las pruebas.
Realización de la prueba de conocimiento y resultado de los exámenes.

1. Las pruebas se realizarán en Madrid, en las fechas y lugares que designe cada
año la Dirección General de la Marina Mercante por resolución. La fecha y lugar de las
convocatorias del año en curso figuran en el anexo III de esta resolución.
2. Finalizados los exámenes se publicarán en la web del Ministerio de Transportes,
Movilidad y Agenda Urbana (http://www.mitma.gob.es) las listas provisionales de
calificaciones, que se elevarán a definitivas una vez finalizado el plazo de reclamaciones.
Sexto. Reclamaciones.
Los candidatos dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del día
siguiente a la publicación de las listas de calificaciones provisionales, para presentar por

cve: BOE-A-2022-2520
Verificable en https://www.boe.es

Quinto.