III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Convenios. (BOE-A-2022-2417)
Resolución 420/38025/2022, de 9 de febrero, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre el Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial "Esteban Terradas" y el "Real Aeroclub de Lugo", para la colaboración regular en la utilización de las instalaciones aeronáuticas del aeródromo y los servicios proporcionados por el Aeroclub.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 39

Martes 15 de febrero de 2022

Sec. III. Pág. 19207

Séptimo.
Que, en la condición Tercera de la antedicha concesión demanial otorgada al
Aeroclub, este se compromete a «permitir el uso compartido de las instalaciones a
aquellos organismos o instituciones que el Ministerio de Defensa pueda autorizar de
forma esporádica o, incluso, con carácter permanente».
Octavo.
Que en cumplimiento de lo dispuesto en la condición tercera de la concesión
demanial otorgada al INTA, ambas partes, al amparo de las atribuciones que les
confieren sus respectivas normas de funcionamiento, proceden a suscribir el presente
convenio con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
El objeto del presente Convenio es regular la colaboración entre el INTA y el
Aeroclub en la utilización de las instalaciones aeronáuticas del Aeródromo.
Segunda. Calendario de utilización.
En la última semana de cada trimestre las partes planificarán el calendario de
utilización de las instalaciones aeronáuticas del Aeródromo para el siguiente trimestre.
Se garantizará que el INTA pueda disponer de las instalaciones aeronáuticas, con
carácter preferente, al menos ciento ochenta y cinco días al año.
El Aeroclub se compromete a que las instalaciones aeronáuticas se encuentren en
plena disposición del INTA, los días fijados en el calendario de utilización, salvo que por
causa de fuerza mayor el aeródromo no esté operativo.
Se coordinará siempre la actividad, de modo que, si las partes tienen que volar el
mismo día, se llegará a un acuerdo para no interrumpir la actividad de cada una.
Tercera.

Gastos.

1. Informe aclarativo de los gastos incurridos en el correspondiente semestre y su
vinculación con la actividad del INTA en las instalaciones aeronáuticas del Aeródromo.
2. Facturas de los proveedores del Aeródromo de los gastos totales incurridos en
las instalaciones aeronáuticas.
3. Factura electrónica a satisfacer por el INTA en dicho periodo semestral.
La previsión de la aportación económica del INTA se extiende a las
anualidades 2022, 2023, 2024 y 2025 e incluye los gastos corrientes, y la aportación por

cve: BOE-A-2022-2417
Verificable en https://www.boe.es

Semestralmente, las partes aprobarán el importe a satisfacer por el INTA por el uso
de las instalaciones aeronáuticas del Aeródromo. Este importe será de un tercio de los
gastos derivados del mantenimiento y conservación de las instalaciones aeronáuticas,
necesarios para que en el Aeródromo se puedan llevar a cabo actividades aeronáuticas
y este se encuentre operativo, así como los gastos generales derivados del uso del
mismo, siempre que no sea posible su individualización.
Se excluye del importe a satisfacer por el INTA los gastos relacionados con las
instalaciones deportivas y de ocio financiadas por el propio Aeroclub (piscinas, canchas, etc.).
El importe será satisfecho por el INTA con periodicidad semestral, y a su
vencimiento, previa presentación de la siguiente documentación: