III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Convenios. (BOE-A-2022-2447)
Resolución de 4 de febrero de 2022, del Instituto de Salud Carlos III, O.A., M.P., por la que se publica la modificación y refundición de los estatutos que forman parte del Convenio de colaboración para la creación del Consorcio Centro de Investigación Biomédica en Red.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 39

Martes 15 de febrero de 2022

Sec. III. Pág. 19410

ANEXO
Estatutos del Consorcio Centro de Investigación Biomédica en Red (CIBER)
CAPÍTULO I
Constitución y fines
Artículo 1. Naturaleza, denominación y domicilio.















Bioingeniería, Biomateriales y Nanomedicina, CIBERBBN.
Enfermedades Raras, CIBERER.
Enfermedades Respiratorias, CIBERES.
Enfermedades Hepáticas y Digestivas, CIBEREHD.
Epidemiología y Salud Pública, CIBERESP.
Salud Mental, CIBERSAM.
Diabetes y Enfermedades Metabólicas, CIBERDEM.
Fisiopatología de la Obesidad y Nutrición, CIBEROBN.
Fragilidad y Envejecimiento, CIBERFES.
Enfermedades Cardiovasculares, CIBERCV.
Cáncer, CIBERONC.
Enfermedades Neurodegenerativas, CIBERNED.
Enfermedades Infecciosas, CIBERINFEC.

4. El Instituto de Salud Carlos III podrá realizar encargos de actuaciones al CIBER
mediante encomiendas de gestión de las previstas en la legislación vigente. Una vez
examinadas las condiciones fácticas de la encomienda, será el Instituto de Salud Carlos
III el órgano competente para adoptar la decisión que se estime más adecuada, sin que
el CIBER pueda renunciar al encargo encomendado.

cve: BOE-A-2022-2447
Verificable en https://www.boe.es

1. Al amparo de lo previsto en el artículo 6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, el Instituto de Salud Carlos III en 2006 y 2007 promovió la suscripción de
Convenios con instituciones para la creación de los Centros de Investigación Biomédica
en Red, con objeto de fomentar la colaboración en la investigación científica, desarrollo
del conocimiento y transferencia del mismo hacia la sociedad. Estos Consorcios se
constituyeron con personalidad jurídica, patrimonio propio y capacidad de obrar, para el
cumplimiento de sus fines.
En las reuniones de los Consejos Rectores de los Consorcios celebrados en
diciembre de 2012 se aprobó la fusión por absorción de siete Centros de Investigación
Biomédica en Red: de Bioingeniería Biomateriales y Nanotecnología (CIBERBBN); de
Epidemiología y Salud Pública (CIBERESP); de Fisiopatología de la Obesidad y
Nutrición (CIBEROBN); de Enfermedades Hepáticas y Digestivas (CIBEREHD); de
Enfermedades Respiratorias (CIBERES); de Enfermedades Raras (CIBERER); de
Diabetes y Enfermedades Metabólicas (CIBERDEM), por el Centro de Investigación
Biomédica en Red de Salud Mental (CIBERSAM).
En la reunión del Consejo Rector del CIBER celebrada en junio de 2021 se aprobó la
fusión por absorción del Centro de Investigación Biomédica en Red de Enfermedades
Neurodegenerativas (CIBERNED), y en la reunión del Consejo Rector de diciembre
de 2021 se aprobó la incorporación de una nueva área de enfermedades infecciosas
(CIBERINFEC).
2. El Consorcio está adscrito al Instituto de Salud Carlos III, organismo público de
investigación de la Administración General del Estado, dada su condición de ente
promotor y financiador mayoritario y al que corresponden las funciones de seguimiento y
control de todas las actividades del mismo.
3. El Consorcio se denomina Consorcio Centro de Investigación Biomédica en Red,
en adelante CIBER, e incluye las siguientes áreas temáticas de investigación: