III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Convenios. (BOE-A-2022-2323)
Resolución de 7 de febrero de 2022, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se publica el Convenio con la Fundación AMÁS Social, para la realización de prácticas externas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 38

Lunes 14 de febrero de 2022

Sec. III. Pág. 18959

cultura, a la vez que pretende completar las experiencias y conocimientos adquiridos por
estas personas en su vida, proporcionándoles una orientación profesional que les
permita formarse o incorporarse al mercado laboral en igualdad de condiciones
garantizando una mayor inclusión.
IV. Que el INAEM, dentro de los campos de actividad que le son propios, desea
participar en la formación de profesionales del sector de las artes escénicas y de la
música con objeto de que completen sus conocimientos y experiencias para un mejor
desempeño de su trabajo profesional.
Y, en virtud de cuanto queda expuesto, manifiestan su voluntad de colaboración
suscribiendo el presente convenio, con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del convenio.
El objeto del presente Convenio es establecer un Programa de Prácticas Externas
entre el INAEM y la Fundación, destinado a personas con discapacidad intelectual y/o
del desarrollo que tengan en su proyecto de vida, como formación, la danza. Las
prácticas externas se organizarán de tal modo que se ajusten al proyecto de vida de la
persona y de su realización no se derivarán, en ningún caso, obligaciones propias de
una relación laboral, ni su contenido podrá dar lugar, en ningún caso, a la sustitución de
la prestación laboral propia de puestos de trabajo.
Ni la Fundación ni el INAEM asumen otras obligaciones ni compromisos diferentes a
los contenidos en dichas bases y en el presente documento.
El presente Convenio no conlleva obligaciones financieras o contraprestación
económica para ninguna de las partes.
En relación con las obligaciones contempladas en la disposición adicional quinta del
Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre, para la revalorización de las pensiones
públicas y otras medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo, dado que
todavía no se ha producido el desarrollo reglamentario para su efectiva aplicación,
ambas partes se comprometen a firmar una adenda en la que se contemplen las
obligaciones que asumirían para dar cumplimiento a la normativa de desarrollo del citado
real decreto-ley.
Segunda.

Compromisos del INAEM.

1. Seleccionar, conforme a la formación adquirida, la aptitud mostrada y la
capacidad de tutorización efectiva de la contraparte, el alumnado para las prácticas. A tal
efecto, el número de personas en prácticas no excederá, en ningún caso, de 4 por
unidad. Igualmente, el INAEM establecerá los sistemas de evaluación adecuados a las
prácticas externas y a los estudiantes que en ellas participen.
2. Nombrar un tutor dentro de la unidad artística en la que se vaya a desarrollar el
proceso formativo como guía y asesor, que se responsabilice de la correcta ejecución de
éste, así como de evaluar el desempeño del alumno.
3. Fijar un plan de trabajo acorde al plan formativo fijado para el alumno.
4. Emitir un informe al finalizar el período de prácticas, en el que se haga constar:





Tareas realizadas por el alumno.
Número total de horas realizadas.
Valoración personal sobre la labor desempeñada alumno.
Cualquier otro aspecto considerado relevante por el tutor.

cve: BOE-A-2022-2323
Verificable en https://www.boe.es

El INAEM, en relación con las prácticas externas, asume los siguientes
compromisos: