II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. CONSEJO DE SEGURIDAD NUCLEAR. Funcionarios de los Subgrupos A2, C1 y C2. (BOE-A-2022-2269)
Resolución de 3 de febrero de 2022, del Consejo de Seguridad Nuclear, por la que se convoca concurso general para la provisión de puestos de trabajo.
29 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 14 de febrero de 2022
Sec. II.B. Pág. 18568
h) En el caso de el personal funcionario que se encuentre en situación de
expectativa de destino y excedencia forzosa aplicable a los funcionarios en expectativa
de destino, los mencionados certificados serán expedidos por la Dirección General de la
Función Pública.
i) En el caso del personal funcionario de Cuerpos y Escalas de Correos y Telégrafos,
que se encuentre en servicio activo destinado en la Sociedad Estatal de Correos y
Telégrafos, SA o que se encuentre en situación administrativa de excedencia voluntaria o
forzosa y que haya ocupado su último destino en servicio activo en la misma, la
certificación deberá ser expedida por la Unidad de personal de la citada Sociedad Estatal.
j) En el caso del personal funcionario de Cuerpos y Escalas de Correos y
Telégrafos que se encuentre en situación administrativa de excedencia voluntaria o
forzosa cuyo último destino en servicio activo fue la Caja Postal de Ahorros, el certificado
deberá ser expedido por la Subdirección General de Recursos Humanos del Ministerio
de Asuntos Económicos y Transformación Digital.
2. El personal funcionario participante con alguna discapacidad, podrá pedir la
adaptación del puesto o de los puestos de trabajo solicitados. A la solicitud se deberá
acompañar un informe expedido por el órgano competente en la materia que acredite la
procedencia de la adaptación y la compatibilidad con el desempeño de las funciones
que tenga atribuido el puesto o los puestos solicitados (artículo 10 del Real
Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre). La compatibilidad con el desempeño de las
funciones propias del puesto de trabajo se valorará teniendo en cuenta las adaptaciones
que se puedan realizar en él.
3. En el supuesto de estar interesadas en las vacantes que se anuncien en un
determinado concurso, para un mismo municipio, dos personas que reúnan los requisitos
exigidos, podrán condicionar todos o parte de los puestos que incluyen en sus
solicitudes, por razones de convivencia familiar, al hecho de que ambas obtengan
destino en ese concurso en el mismo municipio, entendiéndose, en caso contrario,
anulada la petición de los puestos condicionados efectuada por ambas, quedando
vigente el resto de sus solicitudes.
El personal funcionario que se acojan a esta petición condicional deberán concretarlo
en su solicitud y acompañar fotocopia de la petición de la otra persona solicitante.
4. Finalizada la presentación de solicitudes, la lista de admitidos y excluidos a
participar en el concurso, así como la causa de exclusión, en su caso, se publicará en la
página web del Consejo de Seguridad Nuclear, https://www.csn.es/concursos-de-meritos.
5. Una vez transcurrido el plazo de presentación de instancias las solicitudes
formuladas serán vinculantes para el peticionario, aceptándose renuncias parciales,
hasta la fecha en la que se constituya la Comisión de Valoración del concurso. Dicha
fecha se anunciará en la página web del Consejo de Seguridad Nuclear: https://
www.csn.es/concursos-de-meritos.
Formulada la renuncia parcial o el desistimiento de la solicitud, lo será a todos los
efectos, sin que dicha renuncia o desistimiento pueda ser susceptible de modificación o
subsanación en ningún caso.
Así mismo, se informará de la manera de acceder a las puntuaciones provisionales,
así como de la fecha a partir de la cual no se podrán hacer alegaciones a las
mencionadas valoraciones provisionales. Se aceptará el desistimiento de la solicitud, lo
que implica la renuncia a todos los puestos solicitados, hasta el día anterior a la fecha de
publicación de las puntuaciones provisionales. Dichas fechas se anunciarán en la página
web del Consejo de Seguridad Nuclear.
6. Si, conforme a lo establecido en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la
solicitud no reúne los requisitos esenciales exigidos (anexo II, anexo III, anexo IV y
anexo V debidamente cumplimentados), se requerirá al interesado para que subsane la
falta o acompañe los documentos preceptivos en un plazo de diez días hábiles, a contar
desde el día siguiente a la publicación en la página web https://www.csn.es/concursosde-meritos y en la página de Intranet del Consejo de Seguridad Nuclear, y en la de los
cve: BOE-A-2022-2269
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 38
Lunes 14 de febrero de 2022
Sec. II.B. Pág. 18568
h) En el caso de el personal funcionario que se encuentre en situación de
expectativa de destino y excedencia forzosa aplicable a los funcionarios en expectativa
de destino, los mencionados certificados serán expedidos por la Dirección General de la
Función Pública.
i) En el caso del personal funcionario de Cuerpos y Escalas de Correos y Telégrafos,
que se encuentre en servicio activo destinado en la Sociedad Estatal de Correos y
Telégrafos, SA o que se encuentre en situación administrativa de excedencia voluntaria o
forzosa y que haya ocupado su último destino en servicio activo en la misma, la
certificación deberá ser expedida por la Unidad de personal de la citada Sociedad Estatal.
j) En el caso del personal funcionario de Cuerpos y Escalas de Correos y
Telégrafos que se encuentre en situación administrativa de excedencia voluntaria o
forzosa cuyo último destino en servicio activo fue la Caja Postal de Ahorros, el certificado
deberá ser expedido por la Subdirección General de Recursos Humanos del Ministerio
de Asuntos Económicos y Transformación Digital.
2. El personal funcionario participante con alguna discapacidad, podrá pedir la
adaptación del puesto o de los puestos de trabajo solicitados. A la solicitud se deberá
acompañar un informe expedido por el órgano competente en la materia que acredite la
procedencia de la adaptación y la compatibilidad con el desempeño de las funciones
que tenga atribuido el puesto o los puestos solicitados (artículo 10 del Real
Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre). La compatibilidad con el desempeño de las
funciones propias del puesto de trabajo se valorará teniendo en cuenta las adaptaciones
que se puedan realizar en él.
3. En el supuesto de estar interesadas en las vacantes que se anuncien en un
determinado concurso, para un mismo municipio, dos personas que reúnan los requisitos
exigidos, podrán condicionar todos o parte de los puestos que incluyen en sus
solicitudes, por razones de convivencia familiar, al hecho de que ambas obtengan
destino en ese concurso en el mismo municipio, entendiéndose, en caso contrario,
anulada la petición de los puestos condicionados efectuada por ambas, quedando
vigente el resto de sus solicitudes.
El personal funcionario que se acojan a esta petición condicional deberán concretarlo
en su solicitud y acompañar fotocopia de la petición de la otra persona solicitante.
4. Finalizada la presentación de solicitudes, la lista de admitidos y excluidos a
participar en el concurso, así como la causa de exclusión, en su caso, se publicará en la
página web del Consejo de Seguridad Nuclear, https://www.csn.es/concursos-de-meritos.
5. Una vez transcurrido el plazo de presentación de instancias las solicitudes
formuladas serán vinculantes para el peticionario, aceptándose renuncias parciales,
hasta la fecha en la que se constituya la Comisión de Valoración del concurso. Dicha
fecha se anunciará en la página web del Consejo de Seguridad Nuclear: https://
www.csn.es/concursos-de-meritos.
Formulada la renuncia parcial o el desistimiento de la solicitud, lo será a todos los
efectos, sin que dicha renuncia o desistimiento pueda ser susceptible de modificación o
subsanación en ningún caso.
Así mismo, se informará de la manera de acceder a las puntuaciones provisionales,
así como de la fecha a partir de la cual no se podrán hacer alegaciones a las
mencionadas valoraciones provisionales. Se aceptará el desistimiento de la solicitud, lo
que implica la renuncia a todos los puestos solicitados, hasta el día anterior a la fecha de
publicación de las puntuaciones provisionales. Dichas fechas se anunciarán en la página
web del Consejo de Seguridad Nuclear.
6. Si, conforme a lo establecido en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la
solicitud no reúne los requisitos esenciales exigidos (anexo II, anexo III, anexo IV y
anexo V debidamente cumplimentados), se requerirá al interesado para que subsane la
falta o acompañe los documentos preceptivos en un plazo de diez días hábiles, a contar
desde el día siguiente a la publicación en la página web https://www.csn.es/concursosde-meritos y en la página de Intranet del Consejo de Seguridad Nuclear, y en la de los
cve: BOE-A-2022-2269
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 38