II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. CONSEJO DE SEGURIDAD NUCLEAR. Funcionarios de los Subgrupos A2, C1 y C2. (BOE-A-2022-2269)
Resolución de 3 de febrero de 2022, del Consejo de Seguridad Nuclear, por la que se convoca concurso general para la provisión de puestos de trabajo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 14 de febrero de 2022

Sec. II.B. Pág. 18566

6. El personal funcionario de los Cuerpos o Escalas que tengan reservados puestos
en exclusiva, no podrá participar en concursos para cubrir otros puestos de trabajo
adscritos con carácter indistinto, salvo autorización del Ministerio de Hacienda y Función
Pública de conformidad con el Departamento al que se hallen adscritos los indicados
Cuerpos o Escalas.
7. De acuerdo con lo previsto en el artículo 103.cuatro.5 de la Ley 31/1990, de 27
de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1991, la movilidad de los
funcionarios y funcionarias que desempeñen puestos de trabajo en la Agencia Estatal de
Administración Tributaria y que pertenezcan a especialidades o escalas adscritas a ella,
para la cobertura de puestos de trabajo en otras Administraciones Públicas, estará
sometida a la condición de la previa autorización de aquella, que podrá denegarla en
atención a las necesidades del servicio.
8. El personal funcionario en situación de excedencia voluntaria por interés particular
(artículo 89.2 del Real Decreto Legislativo 5/2015), o por agrupación familiar (artículo 89.3
de Real Decreto Legislativo 5/2015), sólo podrá participar si, al término del plazo de
presentación de solicitudes llevan más de dos años en cualquiera de estas situaciones.
9. El personal funcionario en situación de servicios en otras Administraciones
Públicas (artículo 88 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre), sólo podrá
participar en este concurso si en la fecha de finalización del plazo de presentación de
solicitudes han transcurrido dos años desde su transferencia o traslado a las mismas y
en todo caso desde la toma de posesión del destino desde el que participen si es de
carácter definitivo.
10. El personal funcionario en situación administrativa de expectativa de destino
y excedencia forzosa está obligado a concursar, de acuerdo con lo establecido en el
artículo 29, apartados 5 y 6 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la
Reforma de la Función Pública y en los artículos 12 y 13 del Real Decreto 365/1995,
de 10 de marzo.
11. Los aspirantes que procedan de la situación administrativa de suspensión firme
de funciones, acompañarán a su solicitud la documentación acreditativa de haber
finalizado el periodo de suspensión.
Tercera. Modelos, plazos y condiciones de presentación de solicitudes.
Las solicitudes para tomar parte en este concurso, ajustadas al modelo publicado
como anexo II de esta Resolución, se dirigirán al Presidente del Consejo de Seguridad
Nuclear en el plazo de quince días hábiles contados a partir del día siguiente a su
publicación en el «Boletín Oficial del Estado». La forma de presentación será por medios
electrónicos a través de la sede electrónica del Consejo de Seguridad Nuclear, para ello
es preciso acceder a sitio https://sede.csn.gob.es/ Apartado Registro General y Recursos
del menú-Otros Trámites (en la parte inferior de la página de inicio) y asimismo se
pueden registrar y enviar electrónicamente los documentos dirigidos al CSN a través del
Registro Electrónico General de la AGE (o Registro Electrónico Común) siguiendo la
ruta: https://sede.administracion.gob.es/ > Servicios Electrónicos > Registro Electrónico
General de la AGE.
Excepcionalmente, si el personal funcionario no pudiera acceder a la citada modalidad
telemática, las solicitudes se ajustarán al modelo publicado como anexo II de esta
Resolución y dirigidas al Presidente del Consejo de Seguridad Nuclear, debiendo
presentarse en el mismo plazo señalado anteriormente en el Registro del CSN (calle
Pedro Justo Dorado Dellmans, 11, 28040 Madrid), o en las oficinas a que se refiere el
artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas. Estas últimas oficinas tienen obligación de cursar las
solicitudes recibidas dentro de las primeras veinticuatro horas a partir de su presentación.
En caso de ser necesario presentar alguna subsanación, podrá realizarse en el plazo
de 10 días, en los términos establecidos en el artículo 14 del Real Decreto 203/2021,
de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del
sector público por medios electrónicos.

cve: BOE-A-2022-2269
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Núm. 38