III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2022-2310)
Resolución de 13 de enero de 2022, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador de la propiedad de Toledo n.º 1, por la que se deniega la inscripción de restitución de titularidad y exceso de cabida sobre una finca registral en virtud de instancia privada y documentación aportada con la misma.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 38

Lunes 14 de febrero de 2022

Sec. III. Pág. 18868

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE JUSTICIA
2310

Resolución de 13 de enero de 2022, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación
del registrador de la propiedad de Toledo n.º 1, por la que se deniega la
inscripción de restitución de titularidad y exceso de cabida sobre una finca
registral en virtud de instancia privada y documentación aportada con la
misma.

En el recurso interpuesto por don S. V. C., en nombre y representación de la
mercantil «Urbanizadora Pinedo, SA», contra la nota de calificación del registrador de la
Propiedad de Toledo número 1, don Aurelio Martín Lanzarote, por la que se deniega la
inscripción de restitución de titularidad y exceso de cabida sobre la finca registral
número 6.078 en virtud de instancia privada y documentación aportada con la misma.
Hechos
I

II
Presentada dicha documentación en el Registro de la Propiedad de Toledo número 1,
fue objeto de calificación negativa con fecha 7 de febrero de 2020, en base a que una
mera instancia privada no era suficiente para poder acceder al Registro de la Propiedad
la pretensión de fondo solicitada en la misma.
A los efectos de subsanar esta calificación negativa, se aportó el acta de
protocolización otorgada el día 4 de marzo de 2020 por la notaria de Toledo, doña Ana

cve: BOE-A-2022-2310
Verificable en https://www.boe.es

Por instancia privada suscrita por don S. V. C., como consejero delegado de la
mercantil «Urbanizadora Pinedo, SA», se solicitó la «anulación de titularidad» en el
Registro de la Propiedad de las inscripciones correspondientes a la finca registral
número 6.078 que figuren a favor del Ministerio de Defensa, dejando sin efecto los
derechos de propiedad de éste sobre dichos terrenos que componen dicha finca, todo
ello para cumplir con lo estipulado en la Sentencia dictada por el Tribunal Supremo el
día 20 de marzo de 2007. No se acompañaban las ejecutorias de las sentencias
recogidas en los documentos objeto de calificación en que se basaban las solicitudes de
las operaciones registrales de dicha finca.
La finca 6.078 a que se refiere la documentación presentada se inscribió en el
Registro de la Propiedad a favor del Estado, Fábrica Nacional de Toledo, el día 24 de
agosto de 1961 y se formó por agrupación de las fincas registrales 5.388, 2.553 y 4.316,
de las que, la primera de ellas, se había inmatriculado el día 26 de julio de 1951 en base
al artículo 206 de la Ley Hipotecaria. En la actualidad, la finca 6.078 está inscrita a favor
de la Entidad Estado Ministerio Ejercito, en cuanto a la totalidad del pleno dominio de
esta finca. Adquirida por cesión en virtud de escritura pública autorizada en Toledo, por el
notario, don Julio Pertegaz Urso, el día 13 de junio de 1961; inscrita el día 24 de agosto
de 1961, en el Tomo 514 del Archivo, Libro 137 de Toledo, al folio 217, motivando la
inscripción 2.ª Constaba rectificación de descripción a favor de la Entidad Estado
Ministerio Defensa en cuanto a la totalidad del pleno dominio de esta finca. Adquirida por
rectificación de descripción, en virtud de certificación administrativa expedida en Madrid,
por el Ministerio Defensa, Instituto de Vivienda, Infraestructura y Equipamiento de
Defensa, el día 4 de junio de 2019; inscrita el día 31 de julio de 2019, en el Tomo 1134
del Archivo, Libro 626 de Toledo, al folio 143, motivando la inscripción 3.ª.