III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2022-2305)
Resolución de 12 de enero de 2022, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación de la registradora de la propiedad de Marchena, por la que se deniega la cancelación solicitada por supuesta invasión de vía pecuaria de una inmatriculación practicada.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 38

Lunes 14 de febrero de 2022

Sec. III. Pág. 18805

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE JUSTICIA
2305

Resolución de 12 de enero de 2022, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación
de la registradora de la propiedad de Marchena, por la que se deniega la
cancelación solicitada por supuesta invasión de vía pecuaria de una
inmatriculación practicada.

En el recurso interpuesto por doña C. G. P., delegada territorial de Desarrollo
Sostenible en Sevilla, contra la nota de calificación de la registradora de la Propiedad de
Marchena, doña Almudena del Carmen Hava García, por la que se deniega la
cancelación solicitada por supuesta invasión de vía pecuaria de una inmatriculación
practicada.
Hechos
I
Con fecha 11 de febrero de 2021 se practicó en el Registro de la Propiedad de
Marchena la inmatriculación de una finca con código registral único 41007000636489,
coordinada con la parcela catastral 410060A048000190000XJ. Con posterioridad a la
inscripción, se procedió a la notificación de la citada inscripción a los titulares catastrales
colindantes, entre ellos, a la Junta de Andalucía. Y con fecha 12 de agosto de 2021, se
presentó en el Registro escrito firmado por el secretario general provincial de la
Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, Delegación
Territorial de Desarrollo Sostenible en Sevilla, en el que se hacía costar que la finca
inmatriculada era colindante con vía pecuaria y se solicitaba la cancelación de la citada
inscripción de inmatriculación, al haberse detectado un solape de la superficie inscrita en
Catastro con la superficie deslindada de la vía pecuaria.
II
Presentada dicha solicitud en el Registro de la Propiedad de Marchena, fue objeto de
la siguiente nota de calificación:
«Calificación registral correspondiente a la certificación administrativa firmada
electrónicamente el día veintinueve de julio de dos mil ventiuno por don J. G. M.,
secretario general provincial de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y
Desarrollo Sostenible, Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible en Sevilla.

Primero.–Con fecha doce de agosto último, y bajo el asiento de presentación
número 1533 del Diario 147, se ha presentado en este Registro de la Propiedad, el ante
indicado documento, en el que se comunicaba que:
“Con relación al escrito recibido, de fecha 3 de abril de 2021, en la que se comunica
la inscripción en el Registro de la Propiedad de Marchena de la inscripción gráfica y lista
de coordenadas de la finca rústica en el paraje ‘(…)’, con código registral siguiente:
código registral 41007000636489, polígono 48, parcela 189, es colindante con las vías
pecuarias ‘Cañada Real (…)’. La vía pecuaria Cañada real (…) cuenta con deslinde
aprobado por Resolución de 11 de julio de 2013 de la Dirección General de Espacios
Naturales y Participación ciudadana, por la que se da publicidad a la Resolución de 4 de

cve: BOE-A-2022-2305
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Hechos: