III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2022-2300)
Resolución de 10 de enero de 2022, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador de la propiedad interino de Pola de Lena, por la que suspende la inmatriculación de una finca urbana conforme a lo dispuesto en el artículo 205 de la Ley Hipotecaria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 38

Lunes 14 de febrero de 2022

Sec. III. Pág. 18737

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE JUSTICIA
2300

Resolución de 10 de enero de 2022, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación
del registrador de la propiedad interino de Pola de Lena, por la que suspende
la inmatriculación de una finca urbana conforme a lo dispuesto en el artículo
205 de la Ley Hipotecaria.

En el recurso interpuesto por don C. J. A. G., abogado, en nombre y representación
de doña M. E. C. R., contra la nota de calificación del registrador de la Propiedad interino
de Pola de Lena, don Enrique Manuel Español Batalla, por la que suspende la
inmatriculación de una finca urbana conforme a lo dispuesto en el artículo 205 de la Ley
Hipotecaria.
Hechos
I
Mediante escritura de aceptación de herencia otorgada el día 24 de junio de 2021
ante la notaria de El Puerto de Santa María, doña Celia María Aranda Blázquez, doña M.
E. C. R. se adjudicaba una finca registral.
La finca señalada se describía como una finca «urbana. Casa habitación de bajo y dos
pisos altos, con cuadra y pajar en Jomezana de Arriba. Tiene una superficie aproximada
de ciento noventa metros cuadrados, de los cuales aproximadamente setenta y cinco
metros cuadrados eran ocupados por la cuadra y pajar inmediatos y pegados a la
vivienda. Linda al Norte con camino asfaltado y pedregoso que lleva a (…) y más adelante
(…); al Oeste, por su viento noroeste, con la Parcela 230, Polígono 41 (subdividida en dos
referencias catastrales:33033A041002300000DA y 33033A0410022300001FS), de doña
M. P. C. A. A., más con la vivienda, número (…), con referencia catastral
J0020140TN67B0001PQ de herederos de A. y más con la Parcela 231, polígono 41
(referencia catastral 33033A041002310000DB); y al Este con casa habitación, número
(…), de doña M. P. C. A. A. (referencia catastral J00201600TN67B0001TQ). Situación
catastral.–Según indican los interesados, el inmueble descrito está catastrado con el
número de referencia: J00201500TN67B0001LQ». Dicha finca se encontraba sin
inmatricular. Acompañaba certificación catastral descriptiva y grafica de la referida finca,
identificada con la referencia J00201500TN67B0001LQ, de la que resultaba catastrada
con una superficie de solar de 87 metros cuadrados y construida de 190 metros cuadrados
desde el año 2002.
II

«Asiento: 1587 Diario: 85.
Enrique Español Batalla, Registrador de la Propiedad interino de Pola de Lena, previo
examen y calificación, conforme al artículo 18 de la Ley Hipotecaria y concordantes de su
Reglamento, de la primera copia de escritura pública autorizada el veinticuatro de junio de
dos mil veintiuno por el Notario de Puerto de Santa María, Celia María Aranda Blázquez,
con el número 863/2021 de protocolo, presentada en este Registro por C. J. A. G. el
diecisiete de septiembre de dos mil veintiuno, asiento 1587 del Diario 85, ha resuelto
suspender la práctica de los asientos solicitados, en base a los siguientes

cve: BOE-A-2022-2300
Verificable en https://www.boe.es

Presentada el día 17 de septiembre de 2021 copia auténtica de dicha escritura en el
Registro de la Propiedad de Pola de Lena, fue objeto de la siguiente nota de calificación: