III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Sector agroalimentario. (BOE-A-2022-2168)
Orden PCM/81/2022, de 9 de febrero, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 8 de febrero de 2022, por el que se aprueba el Proyecto Estratégico para la Recuperación y Transformación Económica Agroalimentario (PERTE Agroalimentario).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 10 de febrero de 2022
Sec. III. Pág. 17682
Componente 17: Reforma institucional y fortalecimiento de las capacidades del
sistema nacional de ciencia, tecnología e innovación.
Debido a que el conocimiento y la innovación son factores críticos para garantizar el
crecimiento económico e impulsar la competitividad y la productividad, el Plan de
Recuperación despliega herramientas de financiación de I+D+I, algunas de los cuales se
orientan, precisamente, a impulsar la I+D+I en este sector estratégico.
En concreto, el sector agroalimentario se ha definido como un área estratégica en el
marco de la inversión 1 (I1) «Planes Complementarios con las Comunidades
Autónomas» y como una de las misiones de la Convocatoria Misiones Ciencia e
Innovación (I3). Las Ayudas a Centros Tecnológicos de Excelencia Cervera (I5) también
identifican como un área temática la de lograr una alimentación segura y saludable.
Junto a estas inversiones, el proyecto desarrollado por el INIA Plataforma Española de
Germoplasma Vegetal para la Agricultura y la Alimentación en Red (I2) permitirá ampliar
la base genética y la resiliencia frente al cambio climático tanto a estreses ambientales,
como a plagas y enfermedades.
Además de los componentes citados, que contienen medidas de carácter
transformador específicamente dirigidas al sector agroalimentario o con un potente
impacto directo en el mismo, en este PERTE se describen, con el carácter de
facilitadoras, otras muchas medidas incluidas en las siguientes inversiones: C7.I1,
C11.I2, C13.I1, C13.I2, C13.I4, C13.I5, C15.I6, C16.R1. Todas ellas contribuyen a los
objetivos del PERTE y algunas de ellas con un innegable impacto transformador, como
las incluidas en el componente 13, dirigidas al apoyo a las PYMES, que constituyen la
mayoría de las empresas del sector agroalimentario.
Por todo ello, el PERTE se constituye como un «proyecto integrado» según lo
definido en el artículo 8.4 del Real Decreto-ley 36/2020.
En cuanto al presupuesto de este PERTE, prevé una inversión total de 1.002,91 M€
desglosada en los siguientes ejes de actuación:
Eje 1: Fortalecimiento industrial del sector agroalimentario; 400,00 M€.
Eje 2: Digitalización del sector agroalimentario: 454,35 M€.
Eje 3: Investigación en el ámbito agroalimentario: 148,56 M€.
III
En cumplimiento con lo dispuesto en el Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia, en el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y
Resiliencia, y su normativa de desarrollo, en particular la Comunicación de la Comisión
Guía técnica (2021/C 58/01) sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio
significativo», así como con lo requerido en la Decisión de Ejecución del Consejo relativa
a la aprobación de la evaluación del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
de España (CID) y su documento anexo, todas las actuaciones que se lleven a cabo en
cumplimiento del presente Acuerdo deben respetar el principio de no causar un perjuicio
significativo al medioambiente (principio DNSH por sus siglas en inglés, «Do No
Significant Harm»), de acuerdo con los criterios que se detallan en la memoria explicativa
que acompaña este acuerdo y que se desarrollarán en los mecanismos de ejecución
correspondientes.
Ello incluye el cumplimiento de las condiciones específicas asignadas en las
Componentes y medidas en la que se enmarcan dichas actuaciones. Asimismo, las
actuaciones que se lleven a cabo en el marco de este PERTE contribuirán a cumplir con los
objetivos relacionados con el cambio climático en los términos establecidos en la CID, de
acuerdo con la metodología de seguimiento de acción por el clima establecida en el
anexo VI del Reglamento (UE) 2021/241, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de
febrero de 2021. La memoria explicativa que acompaña este acuerdo y los instrumentos de
cve: BOE-A-2022-2168
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 35
Jueves 10 de febrero de 2022
Sec. III. Pág. 17682
Componente 17: Reforma institucional y fortalecimiento de las capacidades del
sistema nacional de ciencia, tecnología e innovación.
Debido a que el conocimiento y la innovación son factores críticos para garantizar el
crecimiento económico e impulsar la competitividad y la productividad, el Plan de
Recuperación despliega herramientas de financiación de I+D+I, algunas de los cuales se
orientan, precisamente, a impulsar la I+D+I en este sector estratégico.
En concreto, el sector agroalimentario se ha definido como un área estratégica en el
marco de la inversión 1 (I1) «Planes Complementarios con las Comunidades
Autónomas» y como una de las misiones de la Convocatoria Misiones Ciencia e
Innovación (I3). Las Ayudas a Centros Tecnológicos de Excelencia Cervera (I5) también
identifican como un área temática la de lograr una alimentación segura y saludable.
Junto a estas inversiones, el proyecto desarrollado por el INIA Plataforma Española de
Germoplasma Vegetal para la Agricultura y la Alimentación en Red (I2) permitirá ampliar
la base genética y la resiliencia frente al cambio climático tanto a estreses ambientales,
como a plagas y enfermedades.
Además de los componentes citados, que contienen medidas de carácter
transformador específicamente dirigidas al sector agroalimentario o con un potente
impacto directo en el mismo, en este PERTE se describen, con el carácter de
facilitadoras, otras muchas medidas incluidas en las siguientes inversiones: C7.I1,
C11.I2, C13.I1, C13.I2, C13.I4, C13.I5, C15.I6, C16.R1. Todas ellas contribuyen a los
objetivos del PERTE y algunas de ellas con un innegable impacto transformador, como
las incluidas en el componente 13, dirigidas al apoyo a las PYMES, que constituyen la
mayoría de las empresas del sector agroalimentario.
Por todo ello, el PERTE se constituye como un «proyecto integrado» según lo
definido en el artículo 8.4 del Real Decreto-ley 36/2020.
En cuanto al presupuesto de este PERTE, prevé una inversión total de 1.002,91 M€
desglosada en los siguientes ejes de actuación:
Eje 1: Fortalecimiento industrial del sector agroalimentario; 400,00 M€.
Eje 2: Digitalización del sector agroalimentario: 454,35 M€.
Eje 3: Investigación en el ámbito agroalimentario: 148,56 M€.
III
En cumplimiento con lo dispuesto en el Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia, en el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y
Resiliencia, y su normativa de desarrollo, en particular la Comunicación de la Comisión
Guía técnica (2021/C 58/01) sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio
significativo», así como con lo requerido en la Decisión de Ejecución del Consejo relativa
a la aprobación de la evaluación del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
de España (CID) y su documento anexo, todas las actuaciones que se lleven a cabo en
cumplimiento del presente Acuerdo deben respetar el principio de no causar un perjuicio
significativo al medioambiente (principio DNSH por sus siglas en inglés, «Do No
Significant Harm»), de acuerdo con los criterios que se detallan en la memoria explicativa
que acompaña este acuerdo y que se desarrollarán en los mecanismos de ejecución
correspondientes.
Ello incluye el cumplimiento de las condiciones específicas asignadas en las
Componentes y medidas en la que se enmarcan dichas actuaciones. Asimismo, las
actuaciones que se lleven a cabo en el marco de este PERTE contribuirán a cumplir con los
objetivos relacionados con el cambio climático en los términos establecidos en la CID, de
acuerdo con la metodología de seguimiento de acción por el clima establecida en el
anexo VI del Reglamento (UE) 2021/241, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de
febrero de 2021. La memoria explicativa que acompaña este acuerdo y los instrumentos de
cve: BOE-A-2022-2168
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 35