III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Patrimonio histórico. (BOE-A-2022-2170)
Orden CUD/83/2022, de 7 de febrero, por la que se otorga la garantía del Estado a 329 obras para su exhibición en la colección permanente del Museo Nacional Thyssen-Bornemisza.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 35

Jueves 10 de febrero de 2022

Sec. III. Pág. 17695

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE
2170

Orden CUD/83/2022, de 7 de febrero, por la que se otorga la garantía del
Estado a 329 obras para su exhibición en la colección permanente del Museo
Nacional Thyssen-Bornemisza.

A petición de la Fundación Colección Thyssen-Bornemisza.
De acuerdo con la disposición adicional novena de la Ley 16/1985, de 25 de junio,
del Patrimonio Histórico Español, y el Real Decreto 1680/1991, de 15 de noviembre, por
el que se desarrolla dicha disposición adicional sobre garantía del Estado para obras de
interés cultural; de acuerdo con el artículo 2 del Real Decreto-ley 15/2021, de 13 de julio,
por el que se regula el arrendamiento de colecciones de bienes muebles integrantes del
Patrimonio Histórico Español por determinadas entidades del sector público y se adoptan
otras medidas urgentes en el ámbito cultural y deportivo; y la disposición adicional
cuadragésima octava de la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos
Generales del Estado para el año 2022.
Vistos los informes favorables de la Junta de Calificación, Valoración y Exportación
de Bienes del Patrimonio Histórico Español, adoptado en su reunión plenaria del día 16
de noviembre de 2021, de la Abogacía del Estado del Ministerio de Cultura y Deporte
emitido con fecha de 2 de febrero de 2022, y de la Subdirección General de la Oficina
Presupuestaria con fecha de 4 de febrero de 2022, y una vez fiscalizado de conformidad
por la Intervención Delegada en el Departamento.
De conformidad con la propuesta de la Dirección General de Bellas Artes formulada
el día 4 de febrero de 2022, en cumplimiento del artículo 3 del Real Decreto 1680/1991,
de 15 de noviembre, dispongo:
Primero.
Otorgar la garantía del Estado prevista en las indicadas disposiciones con el alcance,
efectos y límites que más adelante se expresan y con total sujeción al Real
Decreto 1680/1991.

Dicha garantía se circunscribe exclusivamente a las obras que figuran en el anexo de
esta Orden y que forman parte del «Contrato de arrendamiento entre, de una parte, la
Fundación Colección Thyssen-Bornemisza F.S.P. y, de otra, Nautilus Trustees SL,
Omicron Collections SLU, la baronesa doña Carmen Thyssen-Bornemisza de Kászon y
el barón don Alejandro Borja Thyssen-Bornemisza».
El valor económico total de las trescientas veintinueve obras cubiertas por esta
garantía, es de mil cuatrocientos sesenta y nueve millones trescientos noventa y ocho
mil ochocientos sesenta euros y cuatro céntimos (1.469.398.860,04 €), todo ello sin
perjuicio de lo dispuesto en el artículo 6, punto dos, del Real Decreto 1680/1991 y del
apartado quinto de esta Orden. Dado que las valoraciones de las obras cubiertas por la
garantía se encuentran expresadas en divisas, el valor económico total expresado en
esta Orden es una aproximación en euros al valor total del depósito, utilizando para ello
los contravalores resultantes de la aplicación de los tipos de cambio del euro fijados por
Resolución del Banco de España por la que se hacen públicos los cambios del euro
correspondientes al día 1 de noviembre de 2021 (BOE del 3 de noviembre de 2021). A
los efectos de esta Orden, se considerará que el valor individual de las obras es el que
figura en la solicitud de garantía del Estado presentada por la Fundación Colección
Thyssen-Bornemisza.

cve: BOE-A-2022-2170
Verificable en https://www.boe.es

Segundo.