III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2022-989)
Resolución de 17 de enero de 2022, de la Subsecretaría, por la que se publica el Acuerdo interdepartamental de colaboración entre el Ministerio de Defensa y el Ministerio del Interior, para la fabricación, aprovisionamiento y gestión de caducados de yoduro potásico por el Centro Militar de Farmacia de Defensa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 18

Viernes 21 de enero de 2022

Sec. III. Pág. 6926

3. Tramitación de la transferencia de crédito a favor del Ministerio de Defensa, por
los importes correspondientes.
4. Aporte de la información necesaria para incluir en la Adenda, cuando sea
preciso, por ampliación o modificación de su contenido.
Cuarta. Financiación.
1. La Dirección General de Protección Civil y Emergencias, conforme a la Orden de
Petición y gestión por caducidad de yoduro potásico remitida al CEMILFARDEF (anexo I),
realizará los trámites oportunos para tramitar una transferencia de crédito (artículo 52.2,
Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria), desde la aplicación
presupuestaria 16.01.134M.221.06 a la aplicación presupuestaria 14.01.312A1.221.06, o las
respectivas aplicaciones presupuestarias que correspondan en cada ejercicio presupuestario,
a cada una de las Secciones.
2. El importe máximo, durante los cuatro años de vigencia del presente Acuerdo
Interdepartamental, no podrá exceder de doscientos mil euros (200.000,00 €), con una
distribución vinculada a la necesidad de suministro por efecto de la diferente caducidad,
en base a la estimación del gasto prevista en el anexo III. Cada vez que se haga efectiva
la Orden de Petición (anexo I) se realizará la transferencia necesaria para cubrir el
importe correspondiente a la misma.
3. El precio unitario de los productos a suministrar, según el listado de precios de
elaborados de Farmacia Militar (petitorio de farmacia) es:
a)

Yoduro potásico DEF E/10 cápsulas 0,80 euros.

4. El coste asociado a la gestión por caducidad de cada stock de productos
caducados se estima en dos mil euros o cinco mil euros (2.000,00 € o 5.000,00 €), de los
cuales trescientos ochenta y cinco euros (385,00 €), (10 % IVA incluido) corresponde a la
eliminación por tonelada de residuo, más un importe fijo (transporte y documentación) de
seiscientos sesenta y cinco euros con cincuenta céntimos (665,50 € IVA incluido).
Quinta.

Medidas de control y seguimiento.

1. Para el seguimiento y evaluación de este Acuerdo Interdepartamental, se
constituirá una Comisión Mixta de Seguimiento, paritaria, compuesta por representantes
de ambos Departamentos.

2. Previo acuerdo de las partes, a esta Comisión Mixta de Seguimiento podrán
sumarse las personas que en cada caso se determine.
3. Todos los miembros de la Comisión Mixta de Seguimiento designados, podrán
ser sustituidos por las personas competentes de ambas instituciones, lo que deberá ser
notificado a la otra parte.
4. Esta Comisión Mixta de Seguimiento realizará las funciones de ejecución,
seguimiento e interpretación del contenido del Acuerdo Interdepartamental y será la
encargada del estudio y propuesta de los proyectos o actividades a desarrollar, para su
aprobación, si procede, por los órganos de decisión que corresponda.
5. Esta Comisión Mixta de Seguimiento se reunirá al menos una vez al año o
cuando se solicite por alguna de las partes y será presidida por un representante de
cada parte de forma alternativa, rigiendo su funcionamiento por la normativa que regula
los Órganos Colegiados.

cve: BOE-A-2022-989
Verificable en https://www.boe.es

a) Por el Ministerio de Interior, formarán parte de esta Comisión Mixta de
Seguimiento, dos representantes nombrados por la Dirección General de Protección Civil
y Emergencias.
b) Por el Ministerio de Defensa y nombrados por el Inspector General de Sanidad
de la Defensa, los integrantes serán un oficial de la IGESANDEF y otro oficial del
CEMILFARDEF.