III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Comunidad Autónoma de Galicia. Convenio. (BOE-A-2022-1006)
Resolución de 13 de enero de 2022, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre el Instituto Social de la Marina y la Xunta de Galicia, en el ámbito de la cesión o comunicación de datos de carácter personal y el acceso a los sistemas de información necesarios para la realización de los reconocimientos médicos de embarque marítimo.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 18
Viernes 21 de enero de 2022
Sec. III. Pág. 7046
• Todas las solicitudes de alta de usuario deberán ser autorizadas y firmadas por el
responsable territorial del Instituto Social de la Marina antes de ser remitidas a la Consellería
de Sanidad para su autorización definitiva.
• Como mecanismo de firma electrónica se utilizarán certificados de empleado público
proporcionados por el Instituto Social de la Marina, que deben ser generados y estar
instalados de manera obligatoria en las tarjetas profesionales, no pudiendo existir copias de
dichos certificados fuera de esas tarjetas.
• El Instituto Social de la Marina no puede hacer copias, descargas, impresiones o cualquier
otra operación de conservación de datos con finalidades diferentes de las establecidas en
este acuerdo con relación a los datos de carácter personal a los que tenga acceso.
Así como cualquier otra medida que el adjudicatario pueda identificar y proponer
El encargado de tratamiento no podrá no implementar o suprimir dichas medidas mediante el
empleo de un análisis de riesgo o evaluación de impacto salvo aprobación expresa de la
Consellería de Sanidad.
A estos efectos, el personal del encargado de tratamiento debe seguir las medidas de seguridad
establecidas por la Consellería de Sanidad, no pudiendo efectuar tratamientos distintos de los
definidos por la Consellería de Sanidad.
Dado que durante la vigencia del convenio se gestionarán por el encargado de tratamiento
soportes que pueden contener datos de carácter personal especialmente sensibles, será
responsabilidad del encargado de tratamiento asegurar que todo soporte de datos que salga de
sus instalaciones sea inutilizado o que los datos sean eliminados de tal forma que resulte
cve: BOE-A-2022-1006
Verificable en https://www.boe.es
imposible tener acceso a los mismos.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 18
Viernes 21 de enero de 2022
Sec. III. Pág. 7046
• Todas las solicitudes de alta de usuario deberán ser autorizadas y firmadas por el
responsable territorial del Instituto Social de la Marina antes de ser remitidas a la Consellería
de Sanidad para su autorización definitiva.
• Como mecanismo de firma electrónica se utilizarán certificados de empleado público
proporcionados por el Instituto Social de la Marina, que deben ser generados y estar
instalados de manera obligatoria en las tarjetas profesionales, no pudiendo existir copias de
dichos certificados fuera de esas tarjetas.
• El Instituto Social de la Marina no puede hacer copias, descargas, impresiones o cualquier
otra operación de conservación de datos con finalidades diferentes de las establecidas en
este acuerdo con relación a los datos de carácter personal a los que tenga acceso.
Así como cualquier otra medida que el adjudicatario pueda identificar y proponer
El encargado de tratamiento no podrá no implementar o suprimir dichas medidas mediante el
empleo de un análisis de riesgo o evaluación de impacto salvo aprobación expresa de la
Consellería de Sanidad.
A estos efectos, el personal del encargado de tratamiento debe seguir las medidas de seguridad
establecidas por la Consellería de Sanidad, no pudiendo efectuar tratamientos distintos de los
definidos por la Consellería de Sanidad.
Dado que durante la vigencia del convenio se gestionarán por el encargado de tratamiento
soportes que pueden contener datos de carácter personal especialmente sensibles, será
responsabilidad del encargado de tratamiento asegurar que todo soporte de datos que salga de
sus instalaciones sea inutilizado o que los datos sean eliminados de tal forma que resulte
cve: BOE-A-2022-1006
Verificable en https://www.boe.es
imposible tener acceso a los mismos.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X