I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Tratados internacionales. (BOE-A-2022-948)
Convenio para el reconocimiento recíproco de Punzones de Prueba de Armas de Fuego Portátiles y Reglamento con Anejos I y II, hechos en Bruselas el 1 de julio de 1969. Decisiones adoptadas por la Comisión Internacional Permanente para la prueba de armas de fuego portátiles en su XXXV Sesión Plenaria el 21 de abril de 2020 (Decisiones XXXV-10 a XXXV-19).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 18
Viernes 21 de enero de 2022
Sec. I. Pág. 6282
Artículo 9.
Todos los ingresos, en especial las tasas que cubran los gastos de funcionamiento
mencionados en los artículos 3, 4 y 5, le corresponderán al Patrimonio, y se destinarán a
la gestión y el mantenimiento de las instalaciones deportivas sobre el terreno. Los
detalles relativos a la tarificación de los ingresos y la gestión de los gastos se
mencionarán en el Reglamento de Orden Interno de la REM.
Artículo 10.
Todas las obras de mantenimiento y reparación del bien que por su naturaleza estén
a cargo del propietario, podrán ser llevadas a cabo únicamente con la autorización por
escrito del Jefe de la División de Infraestructuras. Las solicitudes de obras deberán
comunicarse con al menos dos meses de antelación.
Artículo 11.
Las actividades del Ministerio de Defensa en el bien gozarán de prioridad, aunque
deberán ser objeto de un acuerdo con el Patrimonio.
El derecho de otorgar otras autorizaciones o concesiones demaniales sobre el bien
seguirá siendo competencia exclusiva del Ministro de Defensa, representado por el Jefe
de la División CIS e Infraestructuras.
Artículo 12.
Cada una de las Partes contratantes podrá denunciar, en cualquier momento, el
presente acuerdo, en parte o en su totalidad, mediante un preaviso de tres meses.
Por la División CIS e Infraestructuras
El Consejo de Administración del Patrimonio de la REM
Luc Wittock
Ingeniero de Material Militar
Jefe de la División CIS e Infraestructuras
Harry Vindevogel
General de División
Comandante de la Real Escuela Militar
cve: BOE-A-2022-948
Verificable en https://www.boe.es
Hecho en Bruselas, el 18 de enero de 2012 en dos ejemplares, uno para cada una
de las Partes.
Núm. 18
Viernes 21 de enero de 2022
Sec. I. Pág. 6282
Artículo 9.
Todos los ingresos, en especial las tasas que cubran los gastos de funcionamiento
mencionados en los artículos 3, 4 y 5, le corresponderán al Patrimonio, y se destinarán a
la gestión y el mantenimiento de las instalaciones deportivas sobre el terreno. Los
detalles relativos a la tarificación de los ingresos y la gestión de los gastos se
mencionarán en el Reglamento de Orden Interno de la REM.
Artículo 10.
Todas las obras de mantenimiento y reparación del bien que por su naturaleza estén
a cargo del propietario, podrán ser llevadas a cabo únicamente con la autorización por
escrito del Jefe de la División de Infraestructuras. Las solicitudes de obras deberán
comunicarse con al menos dos meses de antelación.
Artículo 11.
Las actividades del Ministerio de Defensa en el bien gozarán de prioridad, aunque
deberán ser objeto de un acuerdo con el Patrimonio.
El derecho de otorgar otras autorizaciones o concesiones demaniales sobre el bien
seguirá siendo competencia exclusiva del Ministro de Defensa, representado por el Jefe
de la División CIS e Infraestructuras.
Artículo 12.
Cada una de las Partes contratantes podrá denunciar, en cualquier momento, el
presente acuerdo, en parte o en su totalidad, mediante un preaviso de tres meses.
Por la División CIS e Infraestructuras
El Consejo de Administración del Patrimonio de la REM
Luc Wittock
Ingeniero de Material Militar
Jefe de la División CIS e Infraestructuras
Harry Vindevogel
General de División
Comandante de la Real Escuela Militar
cve: BOE-A-2022-948
Verificable en https://www.boe.es
Hecho en Bruselas, el 18 de enero de 2012 en dos ejemplares, uno para cada una
de las Partes.