I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Tratados internacionales. (BOE-A-2022-948)
Convenio para el reconocimiento recíproco de Punzones de Prueba de Armas de Fuego Portátiles y Reglamento con Anejos I y II, hechos en Bruselas el 1 de julio de 1969. Decisiones adoptadas por la Comisión Internacional Permanente para la prueba de armas de fuego portátiles en su XXXV Sesión Plenaria el 21 de abril de 2020 (Decisiones XXXV-10 a XXXV-19).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 21 de enero de 2022
Sec. I. Pág. 6276
4. A solicitud de la REM-Patrimonio, y teniendo en cuenta las disposiciones arriba
mencionadas, el servicio competente de la DG HR (Dirección General de Recursos
Humanos), a saber, HRG-CCiv, se hará cargo de las siguientes actuaciones:
a. facilitar la información relativa a la remuneración y a las condiciones laborales, tal
como sean aplicables para el personal administrado por el Departamento.
b. Presentar proyectos de contrato de trabajo, de carta de despido o de otros
documentos relacionados con las prerrogativas del empleador.
c. Facilitar certificaciones y otros documentos relacionados con el periodo de
actividad del trabajador.
d. Garantizar el seguimiento del expediente administrativo y de la evolución de la
remuneración.
e. El registro y seguimiento de los datos del trabajador en el sistema informático de
datos del Ministerio.
f. Las declaraciones en DIMONA.
g. El seguimiento administrativo de los accidentes de trabajo en el marco del
procedimiento impuesto por la compañía aseguradora y de la correspondencia relativa a
la ejecución del contrato con dicha aseguradora.
h. Facilitar al servicio competente del Ministerio las órdenes y directrices necesarias
para el pago de la remuneración, para la realización de las retenciones legales y la
redacción de documentos.
5. Sobre la base de las órdenes y directrices facilitadas por HRG-CCiv, y teniendo
en cuenta las disposiciones legales que regulan sus actividades, los servicios
competentes de la DG de Presupuesto y Finanzas (DG BudFin) se harán cargo de las
siguientes actuaciones:
a. Calcular y pagar el sueldo, los subsidios, las ayudas y las primas.
b. Realizar las retenciones según el sistema, la legislación fiscal y la legislación
relativa a la seguridad social.
c. Facilitar a cada trabajador los documentos relacionados con su remuneración.
d. Respetar las obligaciones del empleador en relación con la seguridad social y los
impuestos.
e. Tramitar los expedientes relativos a la ejecución sobre el sueldo, recurso,
renuncia o transferencia de bienes.
f. Facturar con carácter trimestral las remuneraciones abonadas, más los pagos
relacionados con el empleador, es decir la REM-Patrimonio, a la siguiente dirección:
Avenue de la Renaissance 30, 1000 Bruselas.
6. Cualquiera de las dos partes podrá denunciar este convenio, con efecto a partir
del primer día después de un año natural. Se deberá notificar la denuncia por carta
certificada antes del 30 de septiembre del año anterior. Las modificaciones al presente
convenio se añadirán en forma de cláusulas adicionales, firmadas por ambas partes.
Hecho en Bruselas, en dos ejemplares,
[firma]
H. VINDEVOGEL, LR
Gen. May.
Com. REM-KMS
[firma]
C.H. DELCOUR
General
Edecán del Rey
Jefe de Defensa
El Presidente del Consejo de Dirección del Patrimonio de la
Real Escuela Militar
Por orden del Ministro de Defensa
cve: BOE-A-2022-948
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 18
Viernes 21 de enero de 2022
Sec. I. Pág. 6276
4. A solicitud de la REM-Patrimonio, y teniendo en cuenta las disposiciones arriba
mencionadas, el servicio competente de la DG HR (Dirección General de Recursos
Humanos), a saber, HRG-CCiv, se hará cargo de las siguientes actuaciones:
a. facilitar la información relativa a la remuneración y a las condiciones laborales, tal
como sean aplicables para el personal administrado por el Departamento.
b. Presentar proyectos de contrato de trabajo, de carta de despido o de otros
documentos relacionados con las prerrogativas del empleador.
c. Facilitar certificaciones y otros documentos relacionados con el periodo de
actividad del trabajador.
d. Garantizar el seguimiento del expediente administrativo y de la evolución de la
remuneración.
e. El registro y seguimiento de los datos del trabajador en el sistema informático de
datos del Ministerio.
f. Las declaraciones en DIMONA.
g. El seguimiento administrativo de los accidentes de trabajo en el marco del
procedimiento impuesto por la compañía aseguradora y de la correspondencia relativa a
la ejecución del contrato con dicha aseguradora.
h. Facilitar al servicio competente del Ministerio las órdenes y directrices necesarias
para el pago de la remuneración, para la realización de las retenciones legales y la
redacción de documentos.
5. Sobre la base de las órdenes y directrices facilitadas por HRG-CCiv, y teniendo
en cuenta las disposiciones legales que regulan sus actividades, los servicios
competentes de la DG de Presupuesto y Finanzas (DG BudFin) se harán cargo de las
siguientes actuaciones:
a. Calcular y pagar el sueldo, los subsidios, las ayudas y las primas.
b. Realizar las retenciones según el sistema, la legislación fiscal y la legislación
relativa a la seguridad social.
c. Facilitar a cada trabajador los documentos relacionados con su remuneración.
d. Respetar las obligaciones del empleador en relación con la seguridad social y los
impuestos.
e. Tramitar los expedientes relativos a la ejecución sobre el sueldo, recurso,
renuncia o transferencia de bienes.
f. Facturar con carácter trimestral las remuneraciones abonadas, más los pagos
relacionados con el empleador, es decir la REM-Patrimonio, a la siguiente dirección:
Avenue de la Renaissance 30, 1000 Bruselas.
6. Cualquiera de las dos partes podrá denunciar este convenio, con efecto a partir
del primer día después de un año natural. Se deberá notificar la denuncia por carta
certificada antes del 30 de septiembre del año anterior. Las modificaciones al presente
convenio se añadirán en forma de cláusulas adicionales, firmadas por ambas partes.
Hecho en Bruselas, en dos ejemplares,
[firma]
H. VINDEVOGEL, LR
Gen. May.
Com. REM-KMS
[firma]
C.H. DELCOUR
General
Edecán del Rey
Jefe de Defensa
El Presidente del Consejo de Dirección del Patrimonio de la
Real Escuela Militar
Por orden del Ministro de Defensa
cve: BOE-A-2022-948
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 18