I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Tratados internacionales. (BOE-A-2022-948)
Convenio para el reconocimiento recíproco de Punzones de Prueba de Armas de Fuego Portátiles y Reglamento con Anejos I y II, hechos en Bruselas el 1 de julio de 1969. Decisiones adoptadas por la Comisión Internacional Permanente para la prueba de armas de fuego portátiles en su XXXV Sesión Plenaria el 21 de abril de 2020 (Decisiones XXXV-10 a XXXV-19).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 21 de enero de 2022

Sec. I. Pág. 6274

g. El jefe de la Oficina de la Célula de Presupuestos y Contratos de la Dirección de apoyo
preparará los mercados que no se puedan registrar por una factura aceptada y hará firmar la
licitación, la carta de notificación y las facturas por el ordenador competente;
h. los jefes de departamento serán responsables de la continuidad del tratamiento
de las facturas dentro de su departamento.
i. Los promotores
(1) transmitirán una ficha de síntesis al Consejo a través del Tesorero y del Jefe de
la Célula de Investigaciones Científicas de la Escuela desde el momento en que
presenten una propuesta ante un organismo que subvencione la investigación científica.
Actualizarán dicha ficha cada vez que cambien los datos recogidos en la misma.
(2) Harán aprobar sus propuestas o proyectos de conformidad con las directrices
del Consejo.
(3) Redactarán las descripciones de función de los puestos de trabajo por cubrir en
el marco de sus proyectos. Siempre que tengan los conocimientos lingüísticos
requeridos, presidirán las comisiones de selección y levantarán acta de las selecciones,
propondrán al candidato o a los candidatos, la fecha de contratación, el tipo de contrato y
la antigüedad que consideren pertinente.
(4) Serán responsables de recibir a los nuevos empleados que vayan a trabajar en
el marco de sus proyectos.
(5) Quince días antes de final del periodo de prueba, confirmarán la contratación
definitiva del personal contratado.
(6) Ejecutarán o harán ejecutar una prospección cada vez que surja una necesidad
en el marco de la ejecución de sus proyectos.
(7) Se podrá registrar un mercado mediante una factura aceptada si su importe
fuese inferior al límite fijado en la legislación o si formase parte de un contrato abierto
firmado por el Gobierno Federal, al que tuviera acceso la REM – Patrimonio (contratos
FOR – CMS firmados por el Servicio Público Federal de Personal y Organización).
Los promotores determinarán si su necesidad se puede cubrir con un mercado
registrado mediante una factura aceptada. Si no fuera el caso, transmitirán su necesidad
al Jefe de la Célula de Presupuestos y Contratos de la Dirección de Apoyo, que abrirá un
expediente VISA. Si fuera el caso, dispondrán que se proceda a una prospección ante al
menos tres empresas, y redactarán un informe de adjudicación en el que justificarán su
necesidad, y lo firmarán. Harán elaborar también la orden de pedido correspondiente.
Transmitirán la orden de pedido, el informe de adjudicación y las pruebas de la
prospección al ordenador competente. Justificarán en el informe de adjudicación
cualquier excepción a la regla de las tres ofertas.
(8) Serán responsables de la inclusión de los documentos contables conformes en
la cadena de pago.
En el caso de mercados registrados por una factura aceptada, firmarán las facturas,
declaraciones de crédito y órdenes de compra para su «Visto para ejecución de la
prestación», «Visto para su recepción y consumo inmediato» o «Visto para su recepción
e inclusión en inventario». En el caso de los «expedientes VISA», firmarán el acta de
recepción provisional.
(9) Seguirán la ejecución de sus contratos y enviarán las solicitudes de facturación,
de establecimiento de declaraciones de crédito o de notas de crédito al Jefe de la Célula
de Investigaciones Científicas de la Escuela.
(10) Informarán INMEDIATAMENTE al Jefe de la Célula de Investigaciones
Científicas de la Escuela de cualquier hecho constitutivo de falta grave.

cve: BOE-A-2022-948
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Núm. 18