I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Tratados internacionales. (BOE-A-2022-948)
Convenio para el reconocimiento recíproco de Punzones de Prueba de Armas de Fuego Portátiles y Reglamento con Anejos I y II, hechos en Bruselas el 1 de julio de 1969. Decisiones adoptadas por la Comisión Internacional Permanente para la prueba de armas de fuego portátiles en su XXXV Sesión Plenaria el 21 de abril de 2020 (Decisiones XXXV-10 a XXXV-19).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 18

Viernes 21 de enero de 2022

c.

Sec. I. Pág. 6270

Proceso «proyecto»

(1) El Consejo aprobará las propuestas de proyecto y los proyectos, en el momento
que determine, y a más tardar, en el momento en que haya de comprometerse la REMPatrimonio.
(2) Condiciones específicas que deberán reunir los proyectos.
(a) Los proyectos no podrán implicar un acuerdo de cooperación desequilibrado.
(b) En caso de que un proyecto sea especialmente interesante para la Escuela, se
podrá admitir un déficit siempre que lo liquide la línea presupuestaria ad hoc.
(3) Condiciones que se deberán cumplir al presentarse una propuesta de proyecto.
El promotor transmitirá una ficha de síntesis al Consejo a través del Tesorero y del
Jefe de la Célula de Investigación Científica de la Escuela. Esa ficha de síntesis deberá
permitir
(a) al Consejo tener una visión clara del contenido del proyecto y de los ingresos y
gastos que vaya a generar, incluido el coste de un seguro específico;
(b) al Tesorero establecer un proyecto de presupuesto;
(c) a la REM-Patrimonio cumplir con todas sus obligaciones legales;
(d) al DEAO responder a todas las encuestas estadísticas llevadas a cabo por el
Estado federal y las entidades federadas;
(e) a la Célula de Investigación Científica de la Escuela mantener al día los datos
necesarios para la presentación de propuestas ante agentes institucionales belgas y
extranjeros que subvencionen la investigación científica.
La lista pormenorizada de los campos que deberá contener la ficha de síntesis será
aprobada por el Consejo.

(1) Los gastos incurridos en el marco del proyecto o de una línea del tipo
«EVALUACIÓN TÉCNICA» deberán estar directamente relacionados con el proyecto o la
actividad correspondiente o ser el resultado del reparto de costes indirectos según las
reglas aprobadas por el Consejo.
(2) Se recogerá en una directriz aprobada por el Consejo una lista de gastos no
subvencionables y normas relativas a los importes subvencionables para ciertos gastos
(hoteles, restaurantes, etc.)
(3) Se podrá registrar un mercado mediante una factura aceptada si su importe
fuera inferior al límite fijado en la legislación, o si corresponde a un contrato abierto
suscrito por el Gobierno Federal, al que tenga acceso la REM – Patrimonio (contratos
FOR-CMS suscritos por el Servicio Público Federal Personal y Organización).
Los promotores determinarán si se pueden cubrir sus necesidades mediante un
mercado registrado por una factura aceptada. Si no fuera así, transmitirán su necesidad
al Jefe de la Célula de Presupuestos y Contratos de la Dirección de Apoyo que
establezca el expediente VISA. Si fuera ese el caso, dispondrá una prospección ante un
mínimo de tres empresas y realizarán la relación de adjudicación en el que justificarán su
necesidad, y la firmarán. Asimismo, harán realizar la orden de pedido, la relación de
adjudicación y las pruebas de la prospección al ordenador competente. Justificarán en la
relación de la adjudicación toda excepción a la regla de las tres ofertas.
No será necesaria prospección alguna en los siguientes casos: compra a Defensa
(alojamiento, alimentos), compra por la que ya ha hecho una prospección el SPF
Personal y Organización (FOR-CMS) o Defensa (contratos abiertos celebrados por
Defensa).

cve: BOE-A-2022-948
Verificable en https://www.boe.es

d. El Proceso «Realización de gastos en el marco de una o varias líneas
presupuestarias»