I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS. Presupuestos. (BOE-A-2022-863)
Ley 6/2021, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales para 2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 17

Jueves 20 de enero de 2022

Sec. I. Pág. 5733

meses inmediatamente anteriores a los meses de junio o diciembre, el importe de la paga
extraordinaria experimentará la correspondiente reducción proporcional.
Las cuantías de sueldo y trienios aplicables a cada una de las pagas extraordinarias
de los meses de junio y diciembre de 2022 serán las siguientes:
Grupo/Subgrupo RD Leg. 5/2015

Sueldo Trienios
(Euros) (Euros)

A1

764,37

29,43

A2

781,15

28,35

B

809,20

29,50

C1

695,06

25,41

C2

663,20

19,83

E (Ley 30/1984) y Agrupaciones Profesionales (RD Leg. 5/2015) 612,59

15,08

f) El complemento de productividad, que retribuirá el especial rendimiento, interés,
iniciativa o esfuerzo con que se desempeñen los puestos de trabajo, se asignará
conforme a lo dispuesto en los párrafos siguientes.
El Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejería de Administración
Autonómica, Medio Ambiente y Cambio Climático y previo informe de la consejería
afectada y de la Dirección General de Presupuestos, determinará los supuestos e
importes de la productividad de acuerdo con las siguientes normas:
1.ª La valoración de la productividad deberá realizarse en función de circunstancias
objetivas relacionadas con el tipo de puesto de trabajo, el desempeño del mismo y, en su
caso, con el grado de participación en la consecución de los resultados u objetivos
asignados al correspondiente programa.
2.ª En ningún caso las cuantías asignadas por complemento de productividad
durante un período de tiempo originarán derechos individuales respecto de las
valoraciones correspondientes a períodos sucesivos.
Cada consejería, organismo o ente público determinará, mediante resolución, la
cuantía individual que corresponda asignar en concepto de complemento de
productividad al personal que desempeñe determinados puestos de trabajo de los
programas y servicios que al efecto se señalen, dentro de los créditos presupuestarios
existentes. Los complementos de productividad serán públicos en el centro de trabajo.
g) Las gratificaciones por servicios extraordinarios se concederán dentro de los
créditos asignados a tal fin. Estas gratificaciones tendrán carácter excepcional y
solamente podrán ser reconocidas por servicios extraordinarios prestados fuera de la
jornada normal de trabajo sin que, en ningún caso, puedan ser fijas en su cuantía ni
periódicas en su devengo, ni originar derechos individuales en periodos sucesivos.
Retribuciones del personal laboral.

1. Con efectos de 1 de enero de 2022, la masa salarial del personal laboral incluido
dentro del ámbito de aplicación al que se refiere el artículo 16.1 no podrá experimentar
un incremento global superior al 2 %, sin perjuicio de lo que pudiera derivarse de la
consecución de los objetivos asignados mediante la variación del complemento de
productividad donde esté contemplado, o de la modificación de los sistemas de
organización del trabajo o clasificación profesional, dentro de los límites presupuestarios
asignados por la Consejería de Hacienda.
Las variaciones de la masa salarial bruta se calcularán en términos anualizados y de
homogeneidad para los dos períodos objeto de comparación, tanto en lo que respecta a
efectivos de personal y antigüedad como al régimen de trabajo, jornada, horas

cve: BOE-A-2022-863
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Artículo 22.