I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN. Presupuestos. (BOE-A-2022-805)
Ley 9/2021, de 30 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 19 de enero de 2022

Disposición adicional octava.

Sec. I. Pág. 5218

Gestión de los créditos de la Sección 30.

1. Cuando proceda la gestión directa de los fondos que figuran en la Sección 30,
Diversos Departamentos, de la estructura orgánica del presupuesto, corresponderá a la
persona titular del Departamento de Hacienda y Administración Pública la autorización y
disposición de los créditos correspondientes, a propuesta del departamento interesado.
2. A los efectos previstos en el artículo 15 de la Ley 5/2012, de 7 de junio, de
Estabilidad Presupuestaria de Aragón, se fija durante el ejercicio presupuestario una
dotación de 30.398.970,00 euros en el Fondo de Contingencia de Ejecución
Presupuestaria.
3. El importe del Fondo de Contingencia de Ejecución Presupuestaria podrá ser
incrementado a lo largo del año mediante las modificaciones presupuestarias pertinentes
para cumplir con los fines y los objetivos establecidos en la presente ley.
4. Las modificaciones de créditos que sea necesario efectuar para situar los fondos
de la Sección 30 en los distintos programas de gasto, adecuándolos a la naturaleza
económica de su aplicación definitiva, o para que la gestión de alguno de los programas
o de partidas concretas se efectúe por un determinado departamento serán autorizadas
por la persona titular del Departamento de Hacienda y Administración Pública.
Los créditos modificados al amparo de esta norma tendrán la consideración de
créditos iniciales en la partida de destino, a efectos de la aplicación del artículo 48 del
texto refundido de la Ley de Hacienda de la Comunidad Autónoma.
Disposición adicional novena.
GENERATION EU.

Gestión de los créditos financiados con fondos NEXT

1. Los créditos dotados con el fondo «Europa (React-EU)» solo podrán ejecutarse
con la finalidad de financiar actuaciones que resulten elegibles conforme a su marco
regulatorio.
2. A los efectos anteriores, el Gobierno de Aragón determinará los proyectos que
puedan financiarse con el fondo «Europa (React-EU)» y fijará los criterios aplicables a la
gestión de los créditos vinculados a dichos proyectos, a fin de garantizar la consecución
de los objetivos previstos en los mismos.
3. Las propuestas de gasto a financiar con estos créditos deberán incorporar una
memoria específica, que cuantifique y justifique las estimaciones de gasto para cada
actividad y en qué medida contribuyen al cumplimiento de los objetivos previstos en la
Estrategia Aragonesa para la Recuperación Social y Económica. Asimismo, será
necesario obtener un informe de elegibilidad que deberá emitir la Dirección General de
Desarrollo Estatutario y Programas Europeos, siempre de acuerdo con lo establecido en
la normativa reguladora.
4. Corresponde al Gobierno de Aragón, a propuesta de la persona titular del
Departamento de Hacienda y Administración Pública, y a iniciativa de los departamentos
interesados, la autorización de transferencias de créditos entre distintas secciones,
financiados con «Europa (React-EU)», para garantizar una correcta ejecución del citado
programa.
A estas transferencias de crédito no les resultarán de aplicación las limitaciones
recogidas en el artículo 48 del texto refundido de la Ley de Hacienda de la Comunidad
Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 1/2000, de 29 junio, del
Gobierno de Aragón.
5. A los procedimientos administrativos que deban tramitarse para impulsar los
proyectos que el Gobierno de Aragón determine que se financian con el fondo «Europa
(React-EU)» se les aplicará la tramitación de urgencia, reduciendo a la mitad los plazos
establecidos para el procedimiento ordinario, salvo los relativos a la presentación de
solicitudes y recursos.
6. Se podrá anticipar el 100% de las subvenciones que se concedan en el marco de
los proyectos que el Gobierno de Aragón determine que pueden financiarse con el fondo
«Europa (React-EU)», así como de las subvenciones que se concedan con cargo al

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Núm. 16