I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN. Presupuestos. (BOE-A-2022-805)
Ley 9/2021, de 30 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 19 de enero de 2022
Sec. I. Pág. 5214
b) La relación de contratos menores y de contratos adjudicados por el
procedimiento negociado, regulados en los artículos 118, 131 y 166 y siguientes de la
citada Ley 9/2017, de 8 de noviembre.
c) Grado de cumplimiento, por organismo o entidad concedente, del porcentaje de
contratos reservados a los efectos del artículo 7 de la Ley 3/2011, de 24 de febrero, de
medidas en materia de Contratos del Sector Público de Aragón, según lo establecido en
la disposición adicional decimoctava de la presente ley.
Artículo 61. Obligación de información sobre gasto en difusión y medios de
comunicación.
El Gobierno de Aragón remitirá trimestralmente a la Comisión de Hacienda,
Presupuestos y Administración Pública de las Cortes de Aragón la relación de gastos
efectuados en la contratación de campañas publicitarias y de difusión institucionales con
medios de comunicación de cualquier tipo, indicando el desglose por cuantías, medios
de comunicación y departamento contratante.
Artículo 62. Obligación de transparencia.
Una vez remitida a la Comisión de Hacienda, Presupuestos y Administración Pública
de las Cortes de Aragón la información contenida en el presente título, el Gobierno de
Aragón la publicará inmediatamente a través del Portal de Transparencia del Gobierno
de Aragón.
TÍTULO VIII
Fondo Aragonés de I+D+i
Artículo 63. Fondo Aragonés de I+D+i.
El Fondo Aragonés de I+D+i regulado en la Ley 17/2018, de 4 de diciembre, de
Investigación e Innovación de Aragón, se define como el conjunto de recursos
económicos destinados a la I+D+i que se incluyan en los presupuestos de la Comunidad
Autónoma de Aragón en cada ejercicio.
Los créditos que constituyen inicialmente el Fondo Aragonés de I+D+i se recogen en
el anexo VIII. No obstante, también lo integrarán aquellas partidas presupuestarias que
se habiliten durante el ejercicio con la misma finalidad descrita.
Disposición adicional primera.
Gestión del presupuesto de las Cortes de Aragón.
1. La Mesa de las Cortes de Aragón incorporará los remanentes de crédito de la
Sección 01 del presupuesto para 2021 a los mismos capítulos del presupuesto para el
año 2022.
2. Las dotaciones presupuestarias de las Cortes de Aragón se librarán en firme
trimestralmente, y por anticipado, a nombre de las Cortes y no estarán sometidas a
justificación previa.
3. La Mesa de las Cortes podrá acordar libremente transferencias de crédito en los
conceptos de su presupuesto.
Disposición adicional segunda.
subvenciones.
Normas a las que ha de ajustarse la concesión de
1. El beneficiario de cualquier subvención o ayuda concedida por la Administración
de la Comunidad Autónoma de Aragón vendrá obligado a acreditar, en el momento que
dispongan las bases reguladoras y la convocatoria de cada subvención, que se
encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como
que no tiene deuda alguna pendiente de pago con la Comunidad Autónoma de Aragón.
cve: BOE-A-2022-805
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 16
Miércoles 19 de enero de 2022
Sec. I. Pág. 5214
b) La relación de contratos menores y de contratos adjudicados por el
procedimiento negociado, regulados en los artículos 118, 131 y 166 y siguientes de la
citada Ley 9/2017, de 8 de noviembre.
c) Grado de cumplimiento, por organismo o entidad concedente, del porcentaje de
contratos reservados a los efectos del artículo 7 de la Ley 3/2011, de 24 de febrero, de
medidas en materia de Contratos del Sector Público de Aragón, según lo establecido en
la disposición adicional decimoctava de la presente ley.
Artículo 61. Obligación de información sobre gasto en difusión y medios de
comunicación.
El Gobierno de Aragón remitirá trimestralmente a la Comisión de Hacienda,
Presupuestos y Administración Pública de las Cortes de Aragón la relación de gastos
efectuados en la contratación de campañas publicitarias y de difusión institucionales con
medios de comunicación de cualquier tipo, indicando el desglose por cuantías, medios
de comunicación y departamento contratante.
Artículo 62. Obligación de transparencia.
Una vez remitida a la Comisión de Hacienda, Presupuestos y Administración Pública
de las Cortes de Aragón la información contenida en el presente título, el Gobierno de
Aragón la publicará inmediatamente a través del Portal de Transparencia del Gobierno
de Aragón.
TÍTULO VIII
Fondo Aragonés de I+D+i
Artículo 63. Fondo Aragonés de I+D+i.
El Fondo Aragonés de I+D+i regulado en la Ley 17/2018, de 4 de diciembre, de
Investigación e Innovación de Aragón, se define como el conjunto de recursos
económicos destinados a la I+D+i que se incluyan en los presupuestos de la Comunidad
Autónoma de Aragón en cada ejercicio.
Los créditos que constituyen inicialmente el Fondo Aragonés de I+D+i se recogen en
el anexo VIII. No obstante, también lo integrarán aquellas partidas presupuestarias que
se habiliten durante el ejercicio con la misma finalidad descrita.
Disposición adicional primera.
Gestión del presupuesto de las Cortes de Aragón.
1. La Mesa de las Cortes de Aragón incorporará los remanentes de crédito de la
Sección 01 del presupuesto para 2021 a los mismos capítulos del presupuesto para el
año 2022.
2. Las dotaciones presupuestarias de las Cortes de Aragón se librarán en firme
trimestralmente, y por anticipado, a nombre de las Cortes y no estarán sometidas a
justificación previa.
3. La Mesa de las Cortes podrá acordar libremente transferencias de crédito en los
conceptos de su presupuesto.
Disposición adicional segunda.
subvenciones.
Normas a las que ha de ajustarse la concesión de
1. El beneficiario de cualquier subvención o ayuda concedida por la Administración
de la Comunidad Autónoma de Aragón vendrá obligado a acreditar, en el momento que
dispongan las bases reguladoras y la convocatoria de cada subvención, que se
encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como
que no tiene deuda alguna pendiente de pago con la Comunidad Autónoma de Aragón.
cve: BOE-A-2022-805
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 16