I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LAS ILLES BALEARS. Presupuestos. (BOE-A-2022-807)
Ley 5/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2022.
112 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 19 de enero de 2022

Sec. I. Pág. 5280

público autonómico, así como la subrogación de la Administración de la comunidad
autónoma en la posición deudora de los entes instrumentales.
En materia tributaria, y mediante las correspondientes disposiciones finales de
modificación, se delimitan, modifican y reordenan algunas tasas, según los casos,
fundamentalmente con el fin de adaptarlas a las leyes sustantivas vigentes en los
diferentes sectores de actividad administrativa y a la estructura organizativa actual de la
Administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears. Asimismo, se amplía el
abanico de potenciales contribuyentes beneficiarios del tipo de gravamen reducido
del 5% en el impuesto sobre transmisiones patrimoniales onerosas correspondiente a la
adquisición de la vivienda habitual del contribuyente, que ya no tiene por qué ser la
primera vivienda con este carácter a lo largo de su vida, siempre que, eso sí, no
disponga simultáneamente de ningún otro derecho de propiedad o de uso o disfrute
sobre ninguna otra vivienda, ni la adquiera posteriormente en un plazo de cuatro años.
Por otra parte, y en el ámbito de este mismo impuesto, se refuerza la progresividad del
tipo de gravamen general relativo a operaciones inmobiliarias, de forma que el último
tramo de la escala de gravamen correspondiente a adquisiciones de inmuebles con un
valor superior al millón de euros pasa del 11% al 11,5%. Por último, y en esta misma
línea de fomentar el acceso a la vivienda habitual de determinados colectivos con
especiales dificultades, se establecen dos medidas adicionales; la primera, en el ámbito
del impuesto sobre la renta de las personas físicas, modifica la deducción autonómica
por razón del arrendamiento de la vivienda habitual por parte de estos colectivos a fin de
reconocer expresamente el carácter de familia numerosa de las familias monoparentales
con un único hijo con discapacidad igual o superior al 33%, y también a fin de extender a
las familias monoparentales de dos o más hijos el tratamiento fiscal específico de esta
deducción aplicable a las familias numerosas, todo ello de acuerdo con lo que
establecen los artículos 6 y 7.7 de la Ley 8/2018, de 31 de julio, de apoyo a las familias.
La segunda medida, en el ámbito del impuesto sobre donaciones, amplía el alcance de
la reducción vigente sobre la base imponible relativa a la adquisición a título gratuito de
la vivienda habitual por parte de estos mismos colectivos, de modo que la donación no
deba realizarse en todo caso en plena propiedad sino que también se incluya la
constitución de un usufructo sobre la vivienda a favor del donatario.
El resto de disposiciones adicionales, transitorias y finales se limitan a modular o a
modificar puntualmente determinadas normas, con objeto de cohonestar los mandatos
que estas contienen con las necesidades inherentes a la política económica y financiera
del Gobierno para el año 2022 que se vehicula por medio de la ley de presupuestos
generales, de acuerdo en todo caso con la doctrina del Tribunal Constitucional antes
mencionada.
TÍTULO I
Aprobación de los presupuestos, modificaciones y fondo de contingencia
CAPÍTULO I
Créditos y dotaciones iniciales y financiación
Artículo 1. Créditos y dotaciones iniciales.
1. Se aprueban los presupuestos para el ejercicio de 2022 de la comunidad
autónoma de las Illes Balears y de sus entidades dependientes, en los siguientes
términos:
a) Para la ejecución de los presupuestos de la comunidad autónoma de las Illes
Balears y de sus organismos autónomos para el ejercicio de 2022, se aprueban créditos
para gastos de los capítulos económicos 1 a 7 por un importe de 5.155.482.175 euros, y
del capítulo económico 8 por un importe de 41.014.070 euros, de acuerdo con la

cve: BOE-A-2022-807
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 16