I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LAS ILLES BALEARS. Presupuestos. (BOE-A-2022-807)
Ley 5/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 16

Miércoles 19 de enero de 2022

Sec. I. Pág. 5322

3. Para los alumnos en los cuales concurren condiciones económicas o
sociofamiliares desfavorables, la bonificación de las tasas por los servicios
educativos se hará de acuerdo con la siguiente tabla:
Puntuación

Bonificación

20 puntos o más.

100%

De 15 a 19 puntos.

75%

De 10 a 14 puntos.

50%

De 5 a 9 puntos.

25%

Menos de 5 puntos.

0%

Para obtener esta puntuación se tendrán en cuenta:
a) Las condiciones económicas: se computan como ingresos familiares la
totalidad de los ingresos de la unidad familiar durante el año fiscal 2021. Al
cociente resultante de dividir todos los ingresos entre el número de unidades de
consumo se tiene que adjudicar la puntuación siguiente:
Ingresos

Puntuación

Hasta 5.084,10 euros.

20 puntos

De 5.084,11 euros hasta 6.100,92 euros.

17 puntos

De 6.100,93 euros hasta 7.117,74 euros.

14 puntos

De 7.117,75 euros hasta 8.134,56 euros.

11 puntos

De 8.134,57 euros hasta 9.151,38 euros.

8 puntos

De 9.151,39 euros hasta 10.168,20 euros.

5 puntos

Más de 10.168,20 euros.

0 puntos

Para calcular las unidades de consumo del núcleo familiar se tienen que tener
en cuenta todos los miembros de la unidad familiar, de acuerdo con los siguientes
criterios:
a.1)

Son miembros de la unidad familiar:

a.2) En caso de divorcio o separación legal de los padres, no se considera
miembro computable aquel que no conviva con la persona beneficiaria de la
ayuda. En los casos de custodia compartida, son computables los dos.
a.3) Se considera miembro computable la persona que mantenga una
relación afectiva con el progenitor o el tutor legal del beneficiario que presenta la
solicitud en condición de cónyuge, de pareja de hecho (acreditada de acuerdo con
la Ley 18/2001, de 19 de diciembre, de parejas estables) o de situación de hecho
estable.

cve: BOE-A-2022-807
Verificable en https://www.boe.es

1.º El alumno para el cual se solicita la ayuda.
2.º Los padres, tutores o personas encargadas de la guarda del menor.
3.º Los hermanos menores de edad.
4.º Los hermanos menores de 25 años que conviven en el domicilio familiar.
5.º Los hermanos, independientemente de su edad, cuando se trata de
personas con discapacidad física o psíquica en un grado igual o superior al 33%,
que conviven en el domicilio familiar.
6.º Los ascendientes familiares que conviven en el domicilio familiar.