III. Otras disposiciones. BANCO DE ESPAÑA. Entidades de crédito. (BOE-A-2022-796)
Resolución de 10 de enero de 2022, del Banco de España, por la que se publican las sanciones por la comisión de infracciones muy graves impuestas a Tinsa Tasaciones Inmobiliarias, SAU, y a sus Consejeros y Director General don Ignacio Martos Navarro, don Benjamín Jacobus Osnabrug, don Jorge Quemada Sáenz Badillos, don Ignacio García-Altozano Fesser y don José Antonio Hernández Calvín.
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 15
Martes 18 de enero de 2022
Sec. III. Pág. 5071
III. OTRAS DISPOSICIONES
BANCO DE ESPAÑA
796
Resolución de 10 de enero de 2022, del Banco de España, por la que se
publican las sanciones por la comisión de infracciones muy graves impuestas
a Tinsa Tasaciones Inmobiliarias, SAU, y a sus Consejeros y Director General
don Ignacio Martos Navarro, don Benjamín Jacobus Osnabrug, don Jorge
Quemada Sáenz Badillos, don Ignacio García-Altozano Fesser y don José
Antonio Hernández Calvín.
Con fecha 25 de noviembre de 2020 el Consejo de Gobierno del Banco de España
dictó la resolución por la que finalizó el expediente de referencia IE/ST-1/2019, incoado
por Acuerdo de la Comisión Ejecutiva del Banco de España de fecha 21 octubre de 2019
a, Tinsa Tasaciones Inmobiliarias, SAU, y a los miembros de su Consejo de
Administración –don Ignacio Martos Navarro, don Benjamín Jacobus Osnabrug, don
Jorge Quemada Sáenz Badillos, don Ignacio García-Altozano Fesser–, así como a su
Director General –don José Antonio Hernández Calvín.
Por otra parte, el artículo 115.5 de la Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación,
supervisión y solvencia de entidades de crédito, establece que las sanciones por
infracciones muy graves serán publicadas en el «Boletín Oficial del Estado» una vez que
sean firmes en vía administrativa.
Toda vez que la citada resolución ha adquirido firmeza en vía administrativa,
procede, al amparo de lo establecido en el mencionado artículo 115.5, dar publicidad en
el «Boletín Oficial del Estado» a las siguientes sanciones, impuestas en dicha resolución
sancionadora del Consejo de Gobierno del Banco de España a las siguientes personas:
− Tinsa Tasaciones Inmobiliarias, SAU:
«Sanción de multa por importe de trescientos mil euros (300.000 €), prevista en el
artículo 97.1.a) de la Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia
de entidades de crédito, por la comisión de una infracción muy grave tipificada en el
artículo 3.bis.2.a).3.ª de la Ley 2/1981, de 25 de marzo, de regulación del mercado
hipotecario, consistente en presentar deficiencias en la organización administrativa,
técnica o de personal o en los procedimientos de control interno, resultando que a causa
de tales deficiencias no ha quedado asegurada la capacidad de la entidad para conocer
la situación y condiciones del mercado inmobiliario en el que opera, el cumplimiento
uniforme de las normas de valoración aplicables, su independencia profesional de
accionistas o clientes, o el control de las obligaciones de incompatibilidades a que están
sujetos los profesionales a su servicio».
«Sanción de multa por importe de veintisiete mil euros (27.000 €), prevista en el
artículo 100.1.a) de la Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y
solvencia de entidades de crédito, por la comisión de una infracción muy grave tipificada
en el artículo 3.bis.2.a).3.ª de la Ley 2/1981, de 25 de marzo, de regulación del mercado
hipotecario, consistente en presentar deficiencias en la organización administrativa,
técnica o de personal o en los procedimientos de control interno, resultando que a causa
de tales deficiencias no ha quedado asegurada la capacidad de la entidad para conocer
la situación y condiciones del mercado inmobiliario en el que opera, el cumplimiento
uniforme de las normas de valoración aplicables, su independencia profesional de
accionistas o clientes, o el control de las obligaciones de incompatibilidades a que están
sujetos los profesionales a su servicio.»
cve: BOE-A-2022-796
Verificable en https://www.boe.es
− Don José Antonio Hernández Calvín:
Núm. 15
Martes 18 de enero de 2022
Sec. III. Pág. 5071
III. OTRAS DISPOSICIONES
BANCO DE ESPAÑA
796
Resolución de 10 de enero de 2022, del Banco de España, por la que se
publican las sanciones por la comisión de infracciones muy graves impuestas
a Tinsa Tasaciones Inmobiliarias, SAU, y a sus Consejeros y Director General
don Ignacio Martos Navarro, don Benjamín Jacobus Osnabrug, don Jorge
Quemada Sáenz Badillos, don Ignacio García-Altozano Fesser y don José
Antonio Hernández Calvín.
Con fecha 25 de noviembre de 2020 el Consejo de Gobierno del Banco de España
dictó la resolución por la que finalizó el expediente de referencia IE/ST-1/2019, incoado
por Acuerdo de la Comisión Ejecutiva del Banco de España de fecha 21 octubre de 2019
a, Tinsa Tasaciones Inmobiliarias, SAU, y a los miembros de su Consejo de
Administración –don Ignacio Martos Navarro, don Benjamín Jacobus Osnabrug, don
Jorge Quemada Sáenz Badillos, don Ignacio García-Altozano Fesser–, así como a su
Director General –don José Antonio Hernández Calvín.
Por otra parte, el artículo 115.5 de la Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación,
supervisión y solvencia de entidades de crédito, establece que las sanciones por
infracciones muy graves serán publicadas en el «Boletín Oficial del Estado» una vez que
sean firmes en vía administrativa.
Toda vez que la citada resolución ha adquirido firmeza en vía administrativa,
procede, al amparo de lo establecido en el mencionado artículo 115.5, dar publicidad en
el «Boletín Oficial del Estado» a las siguientes sanciones, impuestas en dicha resolución
sancionadora del Consejo de Gobierno del Banco de España a las siguientes personas:
− Tinsa Tasaciones Inmobiliarias, SAU:
«Sanción de multa por importe de trescientos mil euros (300.000 €), prevista en el
artículo 97.1.a) de la Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia
de entidades de crédito, por la comisión de una infracción muy grave tipificada en el
artículo 3.bis.2.a).3.ª de la Ley 2/1981, de 25 de marzo, de regulación del mercado
hipotecario, consistente en presentar deficiencias en la organización administrativa,
técnica o de personal o en los procedimientos de control interno, resultando que a causa
de tales deficiencias no ha quedado asegurada la capacidad de la entidad para conocer
la situación y condiciones del mercado inmobiliario en el que opera, el cumplimiento
uniforme de las normas de valoración aplicables, su independencia profesional de
accionistas o clientes, o el control de las obligaciones de incompatibilidades a que están
sujetos los profesionales a su servicio».
«Sanción de multa por importe de veintisiete mil euros (27.000 €), prevista en el
artículo 100.1.a) de la Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y
solvencia de entidades de crédito, por la comisión de una infracción muy grave tipificada
en el artículo 3.bis.2.a).3.ª de la Ley 2/1981, de 25 de marzo, de regulación del mercado
hipotecario, consistente en presentar deficiencias en la organización administrativa,
técnica o de personal o en los procedimientos de control interno, resultando que a causa
de tales deficiencias no ha quedado asegurada la capacidad de la entidad para conocer
la situación y condiciones del mercado inmobiliario en el que opera, el cumplimiento
uniforme de las normas de valoración aplicables, su independencia profesional de
accionistas o clientes, o el control de las obligaciones de incompatibilidades a que están
sujetos los profesionales a su servicio.»
cve: BOE-A-2022-796
Verificable en https://www.boe.es
− Don José Antonio Hernández Calvín: