III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicios portuarios. (BOE-A-2022-651)
Resolución de 21 de diciembre de 2021, de la Autoridad Portuaria de Las Palmas, por la que se publica el Pliego de prescripciones particulares del servicio portuario de recepción de desechos generados por buques y residuos de carga, en los puertos gestionados por la Autoridad Portuaria de Las Palmas.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 13
Sábado 15 de enero de 2022
Sec. III. Pág. 3900
Tarifas Anexo V – Puerto de Arrecife
T-2
T-1
TO
T+1
T+2
Límite Inferior m³
4.761,36 5.011,96 5.275,74 5.546,30 5.823,61
Límite Superior m³
5.011,96 5.275,74 5.546,30 5.823,61 6.114,79
Límite Inferior Ton
714,20
751,79
791,36
831,94
873,54
Límite Superior Ton
751,79
791,36
831,94
873,54
917,22
TARIFA €/m³
35,08 €
34,25 €
33,41 €
32,57 €
31,74 €
0,15
0,15
0,15
0,15
0,15
233,87
228,30
222,73
217,17
211,60
FACTOR DE CONVERSIÓN Ton/m³
TARIFA €/Ton
TARIFA €- Mínimo 0-5 m³
175 €
TARIFA €- Mínimo 0,750 Ton
175 €
El promedio de metros cúbicos de residuos correspondientes al Anexo V
descargados en el puerto de Puerto del Rosario durante los años 2018, y 2019 fue
de 627,19 m3 equivalentes a 94,08 tonelada, resultando de los mencionados datos un
factor de conversión Tn/m3 de 0,15.
Tarifas Anexo V – Puerto de Puerto del Rosario
T-2
T-1
TO
T+1
T+2
Límite Inferior m³
551,89 580,93 611,51 642,87 675,01
Límite Superior m³
580,93 611,51 642,87 675,01 708,76
Límite Inferior Ton
82,78
87,14
91,73
Límite Superior Ton
87,14
91,73
96,43 101,25 106,31
TARIFA €/m³
35,08
34,25
33,41
32,57
31,74
0,15
0,15
0,15
0,15
0,15
FACTOR DE CONVERSIÓN Ton/m³
TARIFA €/Ton
96,43 101,25
233,87 228,30 222,73 217,17 211,60
TARIFA €- Mínimo 0-5 m³
175 €
TARIFA €- Mínimo 0,750 Ton
175 €
1. El buque abonará para los servicios realizados en el puerto de Las Palmas
(incluido Salinetas y Arinaga) en concepto de viabilidad del servicio un mínimo de 0,450
Ton (o su equivalente en m3) en aquellos casos en los que el volumen de descarga sea
inferior a esa cantidad. Este mínimo será de 0,750 Ton (o su equivalente en m3) para los
servicios prestados en los puertos de Arrecife y Puerto del Rosario.
2. Con objeto de garantizar un adecuado control sobre la actividad y agilizar preparación
del abono de los servicios realizados, tras la realización de cada servicio el prestador deberá
presentar a la APLP, junto con su factura, la información correspondiente al Registro al que
se refiere el apartado 3 de la Prescripción 17.c.4.c de este Pliego.
3. La recogida de residuos por medios flotantes (gabarras) tendrá un recargo
de 90 euros por servicio.
cve: BOE-A-2022-651
Verificable en https://www.boe.es
Reglas de Aplicación para desechos del Anexo V:
Núm. 13
Sábado 15 de enero de 2022
Sec. III. Pág. 3900
Tarifas Anexo V – Puerto de Arrecife
T-2
T-1
TO
T+1
T+2
Límite Inferior m³
4.761,36 5.011,96 5.275,74 5.546,30 5.823,61
Límite Superior m³
5.011,96 5.275,74 5.546,30 5.823,61 6.114,79
Límite Inferior Ton
714,20
751,79
791,36
831,94
873,54
Límite Superior Ton
751,79
791,36
831,94
873,54
917,22
TARIFA €/m³
35,08 €
34,25 €
33,41 €
32,57 €
31,74 €
0,15
0,15
0,15
0,15
0,15
233,87
228,30
222,73
217,17
211,60
FACTOR DE CONVERSIÓN Ton/m³
TARIFA €/Ton
TARIFA €- Mínimo 0-5 m³
175 €
TARIFA €- Mínimo 0,750 Ton
175 €
El promedio de metros cúbicos de residuos correspondientes al Anexo V
descargados en el puerto de Puerto del Rosario durante los años 2018, y 2019 fue
de 627,19 m3 equivalentes a 94,08 tonelada, resultando de los mencionados datos un
factor de conversión Tn/m3 de 0,15.
Tarifas Anexo V – Puerto de Puerto del Rosario
T-2
T-1
TO
T+1
T+2
Límite Inferior m³
551,89 580,93 611,51 642,87 675,01
Límite Superior m³
580,93 611,51 642,87 675,01 708,76
Límite Inferior Ton
82,78
87,14
91,73
Límite Superior Ton
87,14
91,73
96,43 101,25 106,31
TARIFA €/m³
35,08
34,25
33,41
32,57
31,74
0,15
0,15
0,15
0,15
0,15
FACTOR DE CONVERSIÓN Ton/m³
TARIFA €/Ton
96,43 101,25
233,87 228,30 222,73 217,17 211,60
TARIFA €- Mínimo 0-5 m³
175 €
TARIFA €- Mínimo 0,750 Ton
175 €
1. El buque abonará para los servicios realizados en el puerto de Las Palmas
(incluido Salinetas y Arinaga) en concepto de viabilidad del servicio un mínimo de 0,450
Ton (o su equivalente en m3) en aquellos casos en los que el volumen de descarga sea
inferior a esa cantidad. Este mínimo será de 0,750 Ton (o su equivalente en m3) para los
servicios prestados en los puertos de Arrecife y Puerto del Rosario.
2. Con objeto de garantizar un adecuado control sobre la actividad y agilizar preparación
del abono de los servicios realizados, tras la realización de cada servicio el prestador deberá
presentar a la APLP, junto con su factura, la información correspondiente al Registro al que
se refiere el apartado 3 de la Prescripción 17.c.4.c de este Pliego.
3. La recogida de residuos por medios flotantes (gabarras) tendrá un recargo
de 90 euros por servicio.
cve: BOE-A-2022-651
Verificable en https://www.boe.es
Reglas de Aplicación para desechos del Anexo V: