III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicios portuarios. (BOE-A-2022-651)
Resolución de 21 de diciembre de 2021, de la Autoridad Portuaria de Las Palmas, por la que se publica el Pliego de prescripciones particulares del servicio portuario de recepción de desechos generados por buques y residuos de carga, en los puertos gestionados por la Autoridad Portuaria de Las Palmas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 13

Sábado 15 de enero de 2022

9.

Sec. III. Pág. 3896

Tarifas máximas:

a) Tarifas máximas por los servicios de recepción de desechos generados por
buques correspondientes al Anexo I del Convenio MARPOL, para los Puertos de Las
Palmas, Puerto de arrecife y Puerto del Rosario:
Las tarifas máximas para el servicio de recepción de desechos generados por
buques del Anexo I, por los servicios que el prestador debe facturar directamente al
buque serán de aplicación cuando el número de prestadores haya sido limitado por
la APLP o sea insuficiente para garantizar la competencia, en los términos
establecidos en el artículo 125.2.d) del TRLPEMM. Estas tarifas serán las
establecidas a continuación.
El promedio de los m3 de residuos correspondientes al Anexo I manipulados en los
Puertos de Las Palmas en los años 2019 y 2020 fue 40.192 m3.
Tarifa de servicio anexo I del Convenio MARPOL
T-2

Límites
inferiores y
superiores
(m3)
Tarifa Zona I
(€/m3) con
un mínimo
de 3 m3

T-1

T0

T+1

T+2

35.366 37.228 37.228 39.187 39.187 41.197 41.197 43.257 43.257 45.419

72,6

69,3

66

62,7

59,4

Tarifa de servicio anexo I del Convenio MARPOL

Recepción y Tratamiento
Recepción por medios marinos y Tratamiento Zona II:
aguas oleosas de sentina (Oíl bilgewater) y Residuos
oleosos (fangos), (sludges), lavazas (Tankwashing).

82,5 €/m³ entregado al gestor
autorizado para la T0

Tarifas de viabilidad del servicio
Facturación mínima por servicio.

3 m³

Tarifa por velocidad de bombeo inferior a 3 m³/hora.

25%

Coste adicional por servicios prestados en los puertos de
Arrecife y Puerto del Rosario.

100 €/m³

Recargos o reducciones aplicables a las tarifas, debido a retrasos en la realización de las
operaciones.
Demoras por servicios realizados por medios terrestres.

62,5 €/h

Demoras por servicios realizados por medios marinos.

150 €/h

1) El buque abonará en concepto de viabilidad del servicio un mínimo de 3 m³ en
aquellos casos en los que el volumen de descarga sea inferior a esa cantidad.

cve: BOE-A-2022-651
Verificable en https://www.boe.es

Reglas de Aplicación para desechos del Anexo I: