III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicios portuarios. (BOE-A-2022-651)
Resolución de 21 de diciembre de 2021, de la Autoridad Portuaria de Las Palmas, por la que se publica el Pliego de prescripciones particulares del servicio portuario de recepción de desechos generados por buques y residuos de carga, en los puertos gestionados por la Autoridad Portuaria de Las Palmas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 13

Sábado 15 de enero de 2022

Medio

Contenedores cerrados y
homologados
(SANDACH)

Unidades

1

Sec. III. Pág. 3868

Características

Las unidades y capacidades serán las suficientes para
cubrir el servicio de recogida segregada de basuras
restos de alimentos de tráficos internacionales.

D) Para empresas prestadores del servicio de recepción de desechos generados
por los buques del Anexo VI. Los medios mínimos exigidos para la prestación del
servicio serán los siguientes:
Medio

Unidades

Características

Camión caja cerrado.

1

Homologado para el transporte de desechos tóxicos y
peligrosos P.M.A. (Peso Máximo Autorizado).

Contenedores: bidones tipo
ballesta o big-bags.

2

Con capacidad suficiente para el almacenamiento
segregado de los residuos tóxicos y peligrosos.

2. La Autoridad Portuaria no modificará estos medios mínimos, salvo que, por la
variación de las operaciones unitarias más complejas y más simples normalmente
esperadas, se proceda a la modificación del presente PPP.
3. Los medios materiales, además, deberán cumplir con los siguientes requisitos:
a) Todos los medios materiales de recogida adscritos al servicio deberán de ir
debidamente rotulados, de manera clara y legible, como pertenecientes al servicio
MARPOL, además de identificar el Anexo al que pertenecen. Los contenedores,
embarcación y camiones se adaptarán a las tecnologías que para el control del servicio
se pudieran implantar y deberán estar identificados de forma bien visible con:
– Anexo MARPOL correspondiente.
– Nombre del operador MARPOL.
– N.º de identificación único para cada contenedor, embarcación y camión.
– La capacidad interior máxima en m3.
– Los contenedores dispondrán de una escala calibrada de volumen en un lugar bien
visible en el interior y que sirva para determinar el volumen real de ocupación del
contenedor.
– Los contenedores dispondrán de la señalización de alta visibilidad, de acorde a lo
que se disponen en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
– Los contenedores exigidos en los tres puertos, permitirán la recogida segregada de
desechos: orgánicos, plásticos, etc., así como para los desechos de cocina procedentes
de buques en viaje internacional, proveniente de terceros países extra comunitarios.

– Disponer de buena visibilidad y adecuada plataforma de trabajo.
– El material adecuado para la recepción de desechos líquidos y/o sólidos debe ser
adecuado y con la resistencia necesaria.
– Deben estar equipadas con las defensas adecuadas.
– Equipamiento de radiocomunicaciones y radioeléctrico conforme a lo prescrito en el
Real Decreto 1185/2006. El equipo VHF deberá estar duplicado pudiendo ser uno de tipo
fijo y otro portátil.

cve: BOE-A-2022-651
Verificable en https://www.boe.es

b) Los titulares de las licencias deberán disponer de un teléfono disponible las 24
horas. Cada equipo de recogida deberá de disponer de teléfono móvil en escucha
permanente durante la operativa, dotado de las aplicaciones (app) que se determinen
para su comunicación con el Centro de Control y los servicios de control de las recogidas
de residuos.
c) Las embarcaciones, además de las características indicadas, deberán de cumplir
con los siguientes requisitos: