III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2022-652)
Resolución de 2 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Construcciones y Auxiliar de Ferrocarriles, SA.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 13

Sábado 15 de enero de 2022

Sec. III. Pág. 3969

– Continuar con la implantación y desarrollo de procesos de pintado con pinturas en
base agua, con el fin de reducir las emisiones de los compuestos orgánicos volátiles
(COV’s).
– Avanzar en la reducción de los consumos energéticos al nivel de factorías.
(auditorías energéticas)
– Continuar con el establecimiento de actuaciones orientadas al control de los
aspectos ambientales de las Empresas Externas que desarrollan su actividad en las
instalaciones.
Anualmente se desarrollarán los programas medioambientales, donde se definirán
las actividades a llevar a cabo en relación con el control operacional, cumplimiento de
requisitos legales y objetivos medioambientales.
Artículo 31.
31.1

Empresas de servicios.

Funcionamiento.

Las decisiones sobre en qué elementos se centra la actividad de la Empresa y qué
funciones se externalizan, en cada caso, tendrán en cuenta la práctica llevada hasta la
fecha, sin que ello suponga un elemento limitativo.
Se aplicará el más estricto cumplimiento de las garantías y condiciones previstas
reglamentariamente en este ámbito y en particular aquellos aspectos relativos a
seguridad en el trabajo y cumplimiento de obligaciones en materia de Seguridad Social y
Contratación.
31.2

Delegados de Prevención.

En las empresas de servicios con presencia permanente en las instalaciones de CAF
y con más de 10 trabajadores/as se promoverá activamente la designación por parte de
las mismas de un Delegado/a de Prevención que se coordine tanto con el Servicio de
Prevención como con los Delegados/as de Prevención.
Artículo 32.

Subcontratación.

32.1

Información sobre subcontratación.

La Empresa asume el compromiso de avanzar en materia de información sobre la
subcontratación en CAF, tanto en Fabricación como en Ingeniería. Para ello y durante el
año 2017 se formalizó la Comisión de Cargas de Trabajo donde se tratará el alcance de
la información en esta materia.

cve: BOE-A-2022-652
Verificable en https://www.boe.es

El Comité de Empresa recibirá mensualmente información a través del Secretariado
de la relación de empresas subcontratadas, en la que se contemplarán datos relativos a
la capacidad productiva y plantilla de las mismas.
La subcontratación de trabajos se llevará a cabo teniendo en cuenta la capacidad
operativa de las diferentes áreas, así como aspectos que garanticen la competitividad.
La Empresa orientará el volumen de subcontratación a cubrir las necesidades de
producción, con el criterio mantenido en los últimos años.
La Empresa trasladará la información relativa a subcontratación en Fabricación e
Ingeniería en horas.
Para el año 2022, ante las previsiones actuales de falta de carga de trabajo en las
divisiones de fabricación de vehículos, se establecerá una reducción progresiva de los
niveles de subcontratación, acorde con las cargas de trabajo. Se informará
trimestralmente de la evolución de los niveles de subcontratación en la comisión de
cargas de trabajo.