III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2022-652)
Resolución de 2 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Construcciones y Auxiliar de Ferrocarriles, SA.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 13

Sábado 15 de enero de 2022

Sec. III. Pág. 3956

– Idiomas:
Se facilitarán cursos de aprendizaje del idioma del país de destino.
– Otras condiciones:
Se mantiene en su práctica actual la consideración de las horas de desplazamiento.
Las horas ordinarias motivadas por el viaje que excedan de la jornada laboral se
disfrutarán de inmediato a la llegada a destino.
La fecha de salida deberá ser comunicada a los operarios y a las operarias con una
antelación de siete días.
De acuerdo con el artículo 40, punto 6 del ET, en los casos de desplazamiento de
duración superior a tres meses, el Trabajador/a tendrá derecho a un permiso de cuatro
días laborables en su domicilio de origen por cada tres meses de desplazamiento, sin
computar como tales las de viaje.
La Empresa facilitará al operario o a la operaria toda la información y medios
conocidos para prevenir trastornos de la salud.
La Secretaría del Comité de Empresa realizará el seguimiento de estas condiciones.
Artículo 14. Tiempos de paro y espera.
Las horas de paro se pagarán como hasta la fecha a 66 PH y las de espera a 72 PH
Periódicamente y a través de la Secretaría del Comité de Empresa se analizará la
evolución de estas horas.
CAPÍTULO IV
Política de empleo
Artículo 15. Política de empleo.
Durante la vigencia del presente Convenio de Empresa (2021 y 2022), la Empresa no
realizará extinciones de contratos de trabajos por causas económicas, técnicas,
organizativas o de producción sin acuerdo con la representación legal del personal.
Eventualidad.

Para el caso de nuevas incorporaciones, se seguirá trabajando en la línea de los
objetivos marcados en el Plan de Igualdad con respecto a favorecer el acceso de las
mujeres al empleo y garantizar las mismas oportunidades de ingreso a todos los niveles.
Así mismo, y siempre que el número lo haga posible, cuando se produzcan, el 25 %,
como mínimo, serán mujeres.
Se mantendrá, para la vigencia de este convenio, la regulación establecida en el
apartado de Eventualidad correspondiente a la Política de Empleo para los años 2019
y 2020, recogido en el acuerdo de fecha 7 de noviembre de 2018.
Durante el año 2021 se contratarán hasta 12 profesionales de MOD en profesiones
específicas para atender las necesidades productivas actuales. Se contratarán 10
obreros en Beasain y 2 en Irun.
Durante el año 2022 se incorporarán en funciones de delineación 4 participantes del
Plan de Refuerzo Competencial.
15.2

Contrato relevo.

Durante los años 2021 y 2022 se analizarán en el Secretariado las opciones de
acceso a la jubilación parcial, para las personas nacidas en los años 1960 y 1961, a
través del Contrato de Relevo.

cve: BOE-A-2022-652
Verificable en https://www.boe.es

15.1