III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Comunidades autónomas. Convenio. (BOE-A-2022-662)
Resolución de 10 de enero de 2022, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre el Instituto Nacional de la Seguridad Social, la Universidad de Alcalá y la Generalitat de Catalunya, para la realización de un curso de incapacidad temporal para médicos asistenciales en la modalidad on-line.
8 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 13

Sábado 15 de enero de 2022

Sec. III. Pág. 4094

Décimo.
Es voluntad de las partes firmantes, en virtud de lo manifestado y de conformidad
con el marco normativo vigente, suscribir el presente convenio para participar en la
realización de un curso de incapacidad temporal en la modalidad on-line dirigido
mayoritariamente a médicos de atención primaria.
CLÁUSULAS
Primera.

Denominación de la actividad y objeto del convenio.

El presente convenio tiene por finalidad perfeccionar la formación en el control
médico de la prestación de incapacidad temporal mediante la mejora de la formación de
los médicos de atención primaria de manera prioritaria, Médicos Internos Residentes
(MIR) de Medicina Familiar y Comunitaria, así como otros médicos especialistas,
incluidos MIR de especialidades distintas a la Medicina Familiar y Comunitaria en menor
medida, a través del desarrollo de la siguiente actividad formativa:
– Curso de incapacidad temporal para médicos asistenciales, en la modalidad on-line.
Segunda. Contenidos científico-técnicos.

– Marco legal de la incapacidad temporal. Conceptos básicos.
– Gestión de la incapacidad temporal en el Instituto Nacional de la Seguridad Social.
– Gestión de la incapacidad temporal en el Sistema Público de Salud.
– Gestión de la incapacidad temporal en las Mutuas Colaboradoras con la Seguridad
Social.
– Actividad laboral e incapacidad temporal: Codificación ocupaciones (CNO11). Guía
de Valoración profesional del INSS. Tiempos óptimos de incapacidad temporal.
– Valoración clínico-laboral de la incapacidad temporal en procesos traumatológicos.
– Valoración clínico-laboral de la incapacidad temporal en enfermedades
reumatológicas.
– Valoración clínico-laboral de la incapacidad temporal en enfermedades
cardiovasculares.
– Valoración clínico-laboral de la incapacidad temporal en enfermedades
respiratorias.
– Valoración clínico-laboral de la incapacidad temporal en trastornos mentales.
– Valoración clínico-laboral de la incapacidad temporal en enfermedades
neurológicas.
– Valoración clínico-laboral de la incapacidad temporal en enfermedades
oftalmológicas y otorrinolaringológicas.
– Valoración clínico-laboral de la incapacidad temporal en enfermedades infecciosas.
– Valoración clínico-laboral de la incapacidad temporal en enfermedades del aparato
digestivo.
– Valoración clínico-laboral de la incapacidad temporal en enfermedades del aparato
genitourinario.
– Valoración clínico-laboral en enfermedades oncológicas.
Tercera.

Dirección y coordinación.

Tanto la UAH como el INSS nombrarán a un director responsable de la
implementación, desarrollo y coordinación de la actividad formativa. Esta figura recaerá,
por parte de la UAH, en el Prof. D. Ángel Asúnsolo del Barco y, por parte del INSS, en
D.ª M.ª Rosario Valero Muñoz.

cve: BOE-A-2022-662
Verificable en https://www.boe.es

El curso será ofertado por la Universidad de Alcalá como título propio, con una
extensión de 6 ECTS, y estará integrado por las siguientes unidades formativas: