III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2022-594)
Resolución de 29 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo laboral de ámbito estatal para el sector de agencias de viajes, para el período 2019-2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 12

Viernes 14 de enero de 2022

Sec. III. Pág. 3555

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
594

Resolución de 29 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Trabajo,
por la que se registra y publica el Convenio colectivo laboral de ámbito estatal
para el sector de agencias de viajes, para el período 2019-2022.

Visto el texto del Convenio colectivo laboral de ámbito estatal para el sector de
agencias de viajes, para el período 2019-2022 (código de convenio
número 99000155011981), que fue suscrito con fecha 8 de julio de 2021, de una parte
por la organización empresarial Confederación Española de Agencias de Viajes (CEAV),
en representación de las empresas del sector, y de otra por las organizaciones sindicales
Sindicato Profesional de Viajes (SPV), CC. OO. y UGT, en representación del colectivo
laboral afectado, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de
la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por
Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE del 24), y en el
Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios
colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción del citado Convenio colectivo en el correspondiente Registro
de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad con
funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación
a la Comisión Negociadora.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 29 de diciembre de 2021.–La Directora General de Trabajo, Verónica
Martínez Barbero.
CONVENIO COLECTIVO LABORAL DE ÁMBITO ESTATAL PARA EL SECTOR
DE AGENCIAS DE VIAJES 2019-2022
CAPÍTULO I
Ámbito de aplicación

La organización práctica del trabajo, con sujeción a este convenio y a la legislación
vigente, es facultad exclusiva de la empresa.
Sin merma de la autoridad que corresponde a la empresa o a sus representantes
legales, los representantes de los trabajadores/as tendrán los derechos y las funciones
de información, orientación y propuesta en lo relacionado con la organización y
realización del trabajo, de conformidad con la legislación vigente.
Artículo 2.

Ámbito funcional y territorial.

El presente convenio es de obligatoria aplicación en la totalidad de las agencias de
viajes, que se dediquen a la preparación, contratación, venta o explotación de viajes en

cve: BOE-A-2022-594
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 1. Principios generales.