III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Comunitat Valenciana. Convenio. (BOE-A-2022-593)
Resolución de 27 de diciembre de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre el Servicio Público de Empleo Estatal y la Comunitat Valenciana, para el desarrollo de proyectos piloto dirigidos a jóvenes, mediante actuaciones dentro de los proyectos de "Colectivos especialmente vulnerables" y de los proyectos de "Emprendimiento y microempresas" incluidos en la Inversión 4, "Nuevos proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad" del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 12
Viernes 14 de enero de 2022
Sec. III. Pág. 3547
Iniciativas de Transición Ecológicas, Iniciativas de Desarrollo Local, Turismo Rural y
patrimonio histórico-artístico, entre otros.
Quinto.
Que el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, así como el artículo 67 de su Reglamento, aprobado por el
Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, establecen que podrán concederse de forma
directa y «con carácter excepcional, aquellas otras subvenciones en que se acrediten
razones de interés público, social, económico o humanitaria, u otras debidamente
justificadas que dificulten su convocatoria pública». A su vez, el artículo 28.1 de dicha
Ley General de Subvenciones, determina como forma válida de instrumentación efectiva
de las subvenciones de concesión directa la formalización de convenios, que
establecerán las condiciones y compromisos aplicables de conformidad con lo dispuesto
en esta ley.
Que el Real Decreto 902/2021, de 19 de octubre, por el que se regula la concesión
directa de subvenciones, para el ejercicio presupuestario 2021, destinadas a la
financiación del desarrollo de actuaciones de la inversión «Nuevos proyectos territoriales
para el reequilibrio y la equidad», en el marco del Plan de Recuperación, Transformación
y Resiliencia regula la concesión directa de subvenciones, para el ejercicio
presupuestario 2021, por el Servicio Público de Empleo Estatal a la Comunidad
Valenciana para el desarrollo de proyectos piloto dirigidos a jóvenes, mediante
actuaciones dentro de los proyectos de «Colectivos especialmente vulnerables» y de los
proyectos de «Emprendimiento y microempresas», proyectos incluidos en la Inversión 4,
«Nuevos proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad» del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Sexto.
Que el artículo 3.2 de este Real Decreto 902/2021, de 19 de octubre, establece que
la concesión de subvenciones a la Comunidad Valenciana se instrumentará mediante la
firma de un Convenio con el Servicio Público de Empleo Estatal y se establece que en el
Convenio se detallará la cuantía máxima concedida para la ejecución de los programas a
ejecutar, las actuaciones a financiar, y se determinará el plazo de presentación de la
memoria justificativa prevista en su artículo 11.
Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 48.9 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, las normas del capítulo VI de dicha Ley
no serán de aplicación a este Convenio, al constituir el mismo un acuerdo de terminación
convencional por el que se concede de forma directa una subvención, según lo recogido
en los párrafos anteriores.
Que estas subvenciones, de acuerdo con lo recogido en el presupuesto de gastos
del Servicio Público de Empleo Estatal para 2021, serán objeto de financiación mediante
los recursos financieros derivados del Instrumento Europeo de Recuperación («Next
Generation EU»), a través del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia establecido por
el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero
de 2021, no pudiendo ser financiados por otros instrumentos o fondos de la Unión
Europea. Serán por consiguiente de aplicación las disposiciones que resulten aplicables
del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas
urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan
de Recuperación, Transformación y Resiliencia y demás normativa estatal y europea
aplicable a las inversiones financiadas por el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
cve: BOE-A-2022-593
Verificable en https://www.boe.es
Séptimo.
Núm. 12
Viernes 14 de enero de 2022
Sec. III. Pág. 3547
Iniciativas de Transición Ecológicas, Iniciativas de Desarrollo Local, Turismo Rural y
patrimonio histórico-artístico, entre otros.
Quinto.
Que el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, así como el artículo 67 de su Reglamento, aprobado por el
Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, establecen que podrán concederse de forma
directa y «con carácter excepcional, aquellas otras subvenciones en que se acrediten
razones de interés público, social, económico o humanitaria, u otras debidamente
justificadas que dificulten su convocatoria pública». A su vez, el artículo 28.1 de dicha
Ley General de Subvenciones, determina como forma válida de instrumentación efectiva
de las subvenciones de concesión directa la formalización de convenios, que
establecerán las condiciones y compromisos aplicables de conformidad con lo dispuesto
en esta ley.
Que el Real Decreto 902/2021, de 19 de octubre, por el que se regula la concesión
directa de subvenciones, para el ejercicio presupuestario 2021, destinadas a la
financiación del desarrollo de actuaciones de la inversión «Nuevos proyectos territoriales
para el reequilibrio y la equidad», en el marco del Plan de Recuperación, Transformación
y Resiliencia regula la concesión directa de subvenciones, para el ejercicio
presupuestario 2021, por el Servicio Público de Empleo Estatal a la Comunidad
Valenciana para el desarrollo de proyectos piloto dirigidos a jóvenes, mediante
actuaciones dentro de los proyectos de «Colectivos especialmente vulnerables» y de los
proyectos de «Emprendimiento y microempresas», proyectos incluidos en la Inversión 4,
«Nuevos proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad» del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Sexto.
Que el artículo 3.2 de este Real Decreto 902/2021, de 19 de octubre, establece que
la concesión de subvenciones a la Comunidad Valenciana se instrumentará mediante la
firma de un Convenio con el Servicio Público de Empleo Estatal y se establece que en el
Convenio se detallará la cuantía máxima concedida para la ejecución de los programas a
ejecutar, las actuaciones a financiar, y se determinará el plazo de presentación de la
memoria justificativa prevista en su artículo 11.
Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 48.9 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, las normas del capítulo VI de dicha Ley
no serán de aplicación a este Convenio, al constituir el mismo un acuerdo de terminación
convencional por el que se concede de forma directa una subvención, según lo recogido
en los párrafos anteriores.
Que estas subvenciones, de acuerdo con lo recogido en el presupuesto de gastos
del Servicio Público de Empleo Estatal para 2021, serán objeto de financiación mediante
los recursos financieros derivados del Instrumento Europeo de Recuperación («Next
Generation EU»), a través del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia establecido por
el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero
de 2021, no pudiendo ser financiados por otros instrumentos o fondos de la Unión
Europea. Serán por consiguiente de aplicación las disposiciones que resulten aplicables
del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas
urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan
de Recuperación, Transformación y Resiliencia y demás normativa estatal y europea
aplicable a las inversiones financiadas por el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
cve: BOE-A-2022-593
Verificable en https://www.boe.es
Séptimo.