III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Comunitat Valenciana. Convenio. (BOE-A-2022-593)
Resolución de 27 de diciembre de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre el Servicio Público de Empleo Estatal y la Comunitat Valenciana, para el desarrollo de proyectos piloto dirigidos a jóvenes, mediante actuaciones dentro de los proyectos de "Colectivos especialmente vulnerables" y de los proyectos de "Emprendimiento y microempresas" incluidos en la Inversión 4, "Nuevos proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad" del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 12

Viernes 14 de enero de 2022

Sec. III. Pág. 3545

Servicio Público de Empleo Estatal y el artículo 10.1 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones.
Y de otra, el señor don Enric Nomdedéu i Biosca, Secretario Autonómico de Empleo,
Director General de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación, en
representación de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación, en adelante
LABORA, en aplicación del Decreto 7/2019, de 20 de junio, del president de la
Generalitat, por el que se determinan las secretarías autonómicas de la Administración
del Consell, y en uso de las competencias señaladas en el Decreto 216/2020, de 29 de
diciembre, del Consell, de aprobación del Reglamento de organización, régimen jurídico
y funcional de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación.
Ambas partes intervienen en virtud de sus respectivos cargos y en el ejercicio de las
facultades y atribuciones que por ellos tienen concedidas, reconociéndose mutuamente
capacidad y legitimación para obligarse y convenir, y a tal efecto.
EXPONEN
Primero.
Que el Estado, de acuerdo con el artículo 149.1.13.ª de la Constitución, tiene
atribuida la competencia sobre las bases y coordinación de la planificación general de la
actividad económica.
Que, asimismo, corresponde al Ministerio de Trabajo y Economía Social la propuesta
y ejecución de la política del Gobierno en materia de trabajo, empleo, relaciones
laborales y formación profesional para el empleo no vinculada a Certificados de
Profesionalidad, y, por tanto, impulsar la inserción laboral y la formación, el
emprendimiento y el autoempleo de las personas desempleadas.
Que el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) es el Organismo Autónomo de la
Administración General del Estado al que se le encomienda la ordenación, desarrollo y
seguimiento de los programas y medidas de la política de empleo, todo ello de acuerdo
con lo establecido en el artículo 15 del texto refundido de la Ley de Empleo aprobado por
Real Decreto Legislativo 3/2015, de 23 de octubre.
Segundo.

Tercero.
Que el Consejo Europeo del 21 de julio de 2020, consciente de la necesidad en este
momento histórico de un esfuerzo sin precedentes y de un planteamiento innovador que
impulsen la convergencia, la resiliencia y la transformación en la Unión Europea, acordó
un paquete de medidas de gran alcance.

cve: BOE-A-2022-593
Verificable en https://www.boe.es

Que LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación es el organismo
autónomo de la Generalitat Valenciana competente para impulsar, desarrollar y ejecutar
la política de la Generalitat en materia de creación de empleo, y tiene entre sus objetivos
básicos incrementar el impacto de las políticas activas de empleo a través de la
colaboración con el resto de órganos de la Generalitat, con otras administraciones
públicas, con agentes sociales y con el resto de instituciones relevantes en el ámbito del
empleo., atendiendo a la Ley 3/2000, de 17 de abril, por la que se crea el Servicio
Valenciano de Empleo y Formación, en la redacción dada por Ley 27/2018, de 27 de
diciembre.
Que mediante el Real Decreto 2673/1998, de 11 de diciembre, se produjo el traspaso
de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Valenciana de
la gestión realizada por el Instituto Nacional de Empleo en el ámbito del trabajo, el
empleo y la formación.