I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Seguridad Social. Contabilidad. (BOE-A-2022-559)
Resolución de 10 de enero de 2022, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se modifica la de 1 de julio de 2011, por la que se aprueba la adaptación del Plan General de Contabilidad Pública a las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 12
Viernes 14 de enero de 2022
Sec. I. Pág. 3431
a.2) La cuenta que corresponda según la naturaleza del bien que se reciba,
en el caso de subvención en especie.»
13. La definición de las cuentas 940, 941 y 942, «Ingresos de subvenciones
para...» pasa a tener la siguiente redacción:
«940/941/942.
Ingresos de subvenciones para...
Subvenciones recibidas en un ejercicio no imputadas al resultado económico
patrimonial del mismo, de acuerdo con lo establecido en la norma de
reconocimiento y valoración 15.ª, "Transferencias y subvenciones".
Se incluirán también las transferencias en especie recibidas, de acuerdo con lo
establecido en la misma norma de reconocimiento y valoración.»
Disposición final única. Entrada en vigor.
La presente resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el
«Boletín Oficial del Estado», siendo aplicable a la formación, rendición y publicación de
las cuentas anuales del ejercicio 2022 y siguientes, con la excepción de los apartados
seis, siete, ocho, nueve y diez, que serán de aplicación a partir de las cuentas de 2021 y
siguientes.
cve: BOE-A-2022-559
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 10 de enero de 2022.–El Interventor General de la Intervención General de la
Administración del Estado, Pablo Arellano Pardo.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 12
Viernes 14 de enero de 2022
Sec. I. Pág. 3431
a.2) La cuenta que corresponda según la naturaleza del bien que se reciba,
en el caso de subvención en especie.»
13. La definición de las cuentas 940, 941 y 942, «Ingresos de subvenciones
para...» pasa a tener la siguiente redacción:
«940/941/942.
Ingresos de subvenciones para...
Subvenciones recibidas en un ejercicio no imputadas al resultado económico
patrimonial del mismo, de acuerdo con lo establecido en la norma de
reconocimiento y valoración 15.ª, "Transferencias y subvenciones".
Se incluirán también las transferencias en especie recibidas, de acuerdo con lo
establecido en la misma norma de reconocimiento y valoración.»
Disposición final única. Entrada en vigor.
La presente resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el
«Boletín Oficial del Estado», siendo aplicable a la formación, rendición y publicación de
las cuentas anuales del ejercicio 2022 y siguientes, con la excepción de los apartados
seis, siete, ocho, nueve y diez, que serán de aplicación a partir de las cuentas de 2021 y
siguientes.
cve: BOE-A-2022-559
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 10 de enero de 2022.–El Interventor General de la Intervención General de la
Administración del Estado, Pablo Arellano Pardo.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X