III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Gas natural. (BOE-A-2022-600)
Orden TED/12/2022, de 12 de enero, por la que se inhabilita a Another Energy Option, SL, para el ejercicio de la actividad de comercialización de gas natural y se determina el traspaso de sus clientes a las comercializadoras de último recurso.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 12
Viernes 14 de enero de 2022
Sec. III. Pág. 3688
El precio que le aplicará será el siguiente:
– Consumidores con consumo anual igual o inferior a 50.000 kWh: Se aplicará la
tarifa de último recurso en vigor publicada en la Resolución de 22 de diciembre de 2021,
de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se publica la tarifa de
último recurso de gas natural.
– Resto de consumidores: Se aplicará al precio establecido para los consumidores
sin contrato en la disposición adicional cuarta de la Orden TED/1286/2020, de 29 de
diciembre por la que se establecen la retribución y cánones de acceso de los
almacenamientos subterráneos básicos para el año 2021.
cve: BOE-A-2022-600
Verificable en https://www.boe.es
3. Dicha comercializadora de último recurso le comunicará los trámites a realizar
para formalizar la nueva contratación y los precios del suministro.
4. En caso de que no desee ser suministrado por esa comercializadora de último
recurso, usted deberá, en el plazo de seis días desde la publicación en el «Boletín Oficial
del Estado» de la mencionada orden ministerial, es decir, con anterioridad a «Fecha»,
contratar el suministro con cualquier empresa comercializadora a un precio libremente
pactado. Asimismo, si tiene usted derecho a acogerse a la tarifa de último recurso, es
decir, si su consumo anual es igual o inferior a 50.000 kWh, podrá optar por una
comercializadora de último recurso que le aplique la tarifa de último recurso. Para su
información puede consultar los listados de comercializadores de gas natural y de
comercializadoras de último recurso que se encuentran disponibles en la página web de
la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (https://sede.cnmc.gob.es/
listado/censo/4)
Transcurrido dicho plazo podrá, en cualquier momento, contratar su suministro en
mercado libre o, si tiene usted derecho a acogerse a la tarifa de último recurso, contratar
con otra comercializadora de último recurso al precio de la tarifa de último recurso.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 12
Viernes 14 de enero de 2022
Sec. III. Pág. 3688
El precio que le aplicará será el siguiente:
– Consumidores con consumo anual igual o inferior a 50.000 kWh: Se aplicará la
tarifa de último recurso en vigor publicada en la Resolución de 22 de diciembre de 2021,
de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se publica la tarifa de
último recurso de gas natural.
– Resto de consumidores: Se aplicará al precio establecido para los consumidores
sin contrato en la disposición adicional cuarta de la Orden TED/1286/2020, de 29 de
diciembre por la que se establecen la retribución y cánones de acceso de los
almacenamientos subterráneos básicos para el año 2021.
cve: BOE-A-2022-600
Verificable en https://www.boe.es
3. Dicha comercializadora de último recurso le comunicará los trámites a realizar
para formalizar la nueva contratación y los precios del suministro.
4. En caso de que no desee ser suministrado por esa comercializadora de último
recurso, usted deberá, en el plazo de seis días desde la publicación en el «Boletín Oficial
del Estado» de la mencionada orden ministerial, es decir, con anterioridad a «Fecha»,
contratar el suministro con cualquier empresa comercializadora a un precio libremente
pactado. Asimismo, si tiene usted derecho a acogerse a la tarifa de último recurso, es
decir, si su consumo anual es igual o inferior a 50.000 kWh, podrá optar por una
comercializadora de último recurso que le aplique la tarifa de último recurso. Para su
información puede consultar los listados de comercializadores de gas natural y de
comercializadoras de último recurso que se encuentran disponibles en la página web de
la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (https://sede.cnmc.gob.es/
listado/censo/4)
Transcurrido dicho plazo podrá, en cualquier momento, contratar su suministro en
mercado libre o, si tiene usted derecho a acogerse a la tarifa de último recurso, contratar
con otra comercializadora de último recurso al precio de la tarifa de último recurso.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X