II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2022-542)
Resolución de 21 de diciembre de 2021, de la Universidad Complutense de Madrid, por la que se convoca concurso de acceso a plaza de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 11
Jueves 13 de enero de 2022
Sec. II.B. Pág. 3265
PDI, en el plazo máximo de diez días hábiles contados a partir del siguiente al de su
publicación en el tablón de anuncios del lugar en el que se haya celebrado la prueba.
Admitida a trámite la reclamación, se suspenderán los nombramientos, hasta su
resolución definitiva.
La reclamación será valorada por la Comisión regulada en el artículo 10 del
Real Decreto 1313/2007 y en el artículo 93 de los EUCM.
9.
Documentación a presentar por los candidatos propuestos
Los candidatos propuestos para la provisión de plazas deberán presentar en los
veinte días hábiles siguientes al de concluir la actuación de la Comisión, en el Registro
de esta Universidad o por cualesquiera de los demás procedimientos señalados en el
artículo 16.4 de la LPACAP, los siguientes documentos:
a) Fotocopia del título de Doctor y, en su caso, fotocopia del Certificado de
Acreditación.
b) Declaración responsable de poseer la capacidad funcional para el desempeño
de las tareas correspondientes a Profesor de Universidad
c) Declaración responsable de no haber sido separado mediante expediente
disciplinario del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas ni de los órganos
constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas y no hallarse en
suspensión de funciones o en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos
públicos por resolución judicial, para el acceso a Cuerpos o Escalas de funcionarios. En
el caso de ser nacional de otro Estado, también tendrá que aportar declaración
responsable de no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido
a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos
el acceso al empleo público.
Los que tuvieran la condición de funcionarios públicos de carrera en activo, estarán
exentos de presentar los documentos reseñados en los apartados b y c debiendo
presentar certificación del Ministerio u Organismo del que dependan, acreditativa de su
condición de funcionario y cuantas circunstancias consten en su hoja de servicios,
excepto quienes sean funcionarios de la Universidad Complutense.
10.
Nombramientos
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer
recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo
de Madrid, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su
publicación. No obstante, y sin perjuicio de que se pueda ejercitar cualquier otro que se
estime procedente, puede optarse por interponer recurso de reposición ante el Rector de
la UCM, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación, en
cuyo caso no podrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente
mencionado en tanto no sea resuelto expresamente o se haya producido la
cve: BOE-A-2022-542
Verificable en https://www.boe.es
El nombramiento como funcionario docente de carrera será efectuado por el Rector,
después de que el candidato propuesto haya dado cumplimiento a los requisitos y plazos
establecidos en la base anterior. El nombramiento especificará la denominación de la
plaza: Cuerpo, Área de Conocimiento y Departamento, así como su número en la
Relación de Puestos de Trabajo. Dicho nombramiento será publicado en el BOE y en el
BOCM, y comunicado al Consejo de Universidades.
En el plazo máximo de veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente a la
publicación del nombramiento en el BOE, el candidato propuesto deberá tomar posesión
de su plaza, momento en el que adquirirá la condición de funcionario del cuerpo docente
universitario de que se trate, con los derechos y deberes que le son propios.
Núm. 11
Jueves 13 de enero de 2022
Sec. II.B. Pág. 3265
PDI, en el plazo máximo de diez días hábiles contados a partir del siguiente al de su
publicación en el tablón de anuncios del lugar en el que se haya celebrado la prueba.
Admitida a trámite la reclamación, se suspenderán los nombramientos, hasta su
resolución definitiva.
La reclamación será valorada por la Comisión regulada en el artículo 10 del
Real Decreto 1313/2007 y en el artículo 93 de los EUCM.
9.
Documentación a presentar por los candidatos propuestos
Los candidatos propuestos para la provisión de plazas deberán presentar en los
veinte días hábiles siguientes al de concluir la actuación de la Comisión, en el Registro
de esta Universidad o por cualesquiera de los demás procedimientos señalados en el
artículo 16.4 de la LPACAP, los siguientes documentos:
a) Fotocopia del título de Doctor y, en su caso, fotocopia del Certificado de
Acreditación.
b) Declaración responsable de poseer la capacidad funcional para el desempeño
de las tareas correspondientes a Profesor de Universidad
c) Declaración responsable de no haber sido separado mediante expediente
disciplinario del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas ni de los órganos
constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas y no hallarse en
suspensión de funciones o en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos
públicos por resolución judicial, para el acceso a Cuerpos o Escalas de funcionarios. En
el caso de ser nacional de otro Estado, también tendrá que aportar declaración
responsable de no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido
a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos
el acceso al empleo público.
Los que tuvieran la condición de funcionarios públicos de carrera en activo, estarán
exentos de presentar los documentos reseñados en los apartados b y c debiendo
presentar certificación del Ministerio u Organismo del que dependan, acreditativa de su
condición de funcionario y cuantas circunstancias consten en su hoja de servicios,
excepto quienes sean funcionarios de la Universidad Complutense.
10.
Nombramientos
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer
recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo
de Madrid, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su
publicación. No obstante, y sin perjuicio de que se pueda ejercitar cualquier otro que se
estime procedente, puede optarse por interponer recurso de reposición ante el Rector de
la UCM, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación, en
cuyo caso no podrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente
mencionado en tanto no sea resuelto expresamente o se haya producido la
cve: BOE-A-2022-542
Verificable en https://www.boe.es
El nombramiento como funcionario docente de carrera será efectuado por el Rector,
después de que el candidato propuesto haya dado cumplimiento a los requisitos y plazos
establecidos en la base anterior. El nombramiento especificará la denominación de la
plaza: Cuerpo, Área de Conocimiento y Departamento, así como su número en la
Relación de Puestos de Trabajo. Dicho nombramiento será publicado en el BOE y en el
BOCM, y comunicado al Consejo de Universidades.
En el plazo máximo de veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente a la
publicación del nombramiento en el BOE, el candidato propuesto deberá tomar posesión
de su plaza, momento en el que adquirirá la condición de funcionario del cuerpo docente
universitario de que se trate, con los derechos y deberes que le son propios.