I. Disposiciones generales. PRESIDENCIA DEL GOBIERNO. Organización. (BOE-A-2022-491)
Real Decreto 41/2022, de 12 de enero, por el que se crea el Comité Organizador de la Presidencia Española de la Unión Europea.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 11
Jueves 13 de enero de 2022
Sec. I. Pág. 3180
I. DISPOSICIONES GENERALES
PRESIDENCIA DEL GOBIERNO
491
Real Decreto 41/2022, de 12 de enero, por el que se crea el Comité
Organizador de la Presidencia Española de la Unión Europea.
En el segundo semestre de 2023, España asumirá por quinta vez la presidencia
rotatoria de la Unión Europea. Nuestro país cogerá el testigo en un momento decisivo:
por un lado, porque estaremos en el final de la legislatura europea, siendo necesario
forjar acuerdos en los expedientes que todavía sigan en negociación; y, por otro lado,
porque la Unión Europea está en un punto de inflexión tras la pandemia de COVID-19,
en el que son necesarios grandes acuerdos políticos que hagan avanzar al proyecto
europeo.
El desarrollo de las actividades de la Presidencia Española de la Unión Europea
implica un notable esfuerzo, que deberá llevarse a cabo a través de la Presidencia del
Gobierno y de los Departamentos ministeriales y que afecta fundamentalmente a la
planificación y coordinación, en el marco de sus respectivas competencias, de las
acciones precisas para el desarrollo de esta alta responsabilidad que recae en España.
Con el fin de desempeñar esa labor, se crea, al igual que en las anteriores
Presidencias de la Unión Europea, el Comité Organizador de la Presidencia Española de
la Unión Europea. Ejercerá sus funciones en relación con el programa de actividades, sin
perjuicio de su ejecución a través de los actos o resoluciones que correspondan
legalmente a los órganos de la Administración General del Estado o de las
organizaciones adscritas a ella; así como con la memoria correspondiente, y la
coordinación de las actuaciones para su puesta en práctica.
El Comité Organizador estará asistido por la Oficina de Coordinación para la
Presidencia Española de la Unión Europea, introducida por el Real Decreto 945/2021,
de 27 de octubre, por el que se modifica el Real Decreto 634/2021, de 26 de julio, por el
que se reestructura la Presidencia del Gobierno.
Asimismo, el Comité Organizador se adscribe a la Presidencia del Gobierno, al igual
que la propia Oficina, de forma coherente con las funciones que tiene atribuidas y con lo
previsto en el artículo 2.d) de dicho Real Decreto 634/2021, de 26 de julio, que atribuye
al Gabinete de la Presidencia el estudio y seguimiento de todos los programas y
acciones de la Unión Europea que tengan incidencia en las políticas públicas del Estado,
proporcionando la información necesaria para la toma de decisiones europeas.
En su virtud, a propuesta del Presidente del Gobierno, de conformidad con lo previsto
en el artículo 2.2.j) de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno,
DISPONGO:
Se crea, adscrito a la Presidencia del Gobierno, el Comité Organizador de la
Presidencia Española de la Unión Europea, que tendrá como objetivos la programación,
planificación, coordinación y ejecución de las actividades de las administraciones
públicas, instituciones y organismos, durante el segundo semestre de 2023, en el
contexto de la Presidencia Española de la Unión Europea.
Artículo 2.
Presidencia.
La Presidencia del Comité Organizador corresponderá a la persona titular del
Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.
cve: BOE-A-2022-491
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 1. Creación y objetivos.
Núm. 11
Jueves 13 de enero de 2022
Sec. I. Pág. 3180
I. DISPOSICIONES GENERALES
PRESIDENCIA DEL GOBIERNO
491
Real Decreto 41/2022, de 12 de enero, por el que se crea el Comité
Organizador de la Presidencia Española de la Unión Europea.
En el segundo semestre de 2023, España asumirá por quinta vez la presidencia
rotatoria de la Unión Europea. Nuestro país cogerá el testigo en un momento decisivo:
por un lado, porque estaremos en el final de la legislatura europea, siendo necesario
forjar acuerdos en los expedientes que todavía sigan en negociación; y, por otro lado,
porque la Unión Europea está en un punto de inflexión tras la pandemia de COVID-19,
en el que son necesarios grandes acuerdos políticos que hagan avanzar al proyecto
europeo.
El desarrollo de las actividades de la Presidencia Española de la Unión Europea
implica un notable esfuerzo, que deberá llevarse a cabo a través de la Presidencia del
Gobierno y de los Departamentos ministeriales y que afecta fundamentalmente a la
planificación y coordinación, en el marco de sus respectivas competencias, de las
acciones precisas para el desarrollo de esta alta responsabilidad que recae en España.
Con el fin de desempeñar esa labor, se crea, al igual que en las anteriores
Presidencias de la Unión Europea, el Comité Organizador de la Presidencia Española de
la Unión Europea. Ejercerá sus funciones en relación con el programa de actividades, sin
perjuicio de su ejecución a través de los actos o resoluciones que correspondan
legalmente a los órganos de la Administración General del Estado o de las
organizaciones adscritas a ella; así como con la memoria correspondiente, y la
coordinación de las actuaciones para su puesta en práctica.
El Comité Organizador estará asistido por la Oficina de Coordinación para la
Presidencia Española de la Unión Europea, introducida por el Real Decreto 945/2021,
de 27 de octubre, por el que se modifica el Real Decreto 634/2021, de 26 de julio, por el
que se reestructura la Presidencia del Gobierno.
Asimismo, el Comité Organizador se adscribe a la Presidencia del Gobierno, al igual
que la propia Oficina, de forma coherente con las funciones que tiene atribuidas y con lo
previsto en el artículo 2.d) de dicho Real Decreto 634/2021, de 26 de julio, que atribuye
al Gabinete de la Presidencia el estudio y seguimiento de todos los programas y
acciones de la Unión Europea que tengan incidencia en las políticas públicas del Estado,
proporcionando la información necesaria para la toma de decisiones europeas.
En su virtud, a propuesta del Presidente del Gobierno, de conformidad con lo previsto
en el artículo 2.2.j) de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno,
DISPONGO:
Se crea, adscrito a la Presidencia del Gobierno, el Comité Organizador de la
Presidencia Española de la Unión Europea, que tendrá como objetivos la programación,
planificación, coordinación y ejecución de las actividades de las administraciones
públicas, instituciones y organismos, durante el segundo semestre de 2023, en el
contexto de la Presidencia Española de la Unión Europea.
Artículo 2.
Presidencia.
La Presidencia del Comité Organizador corresponderá a la persona titular del
Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.
cve: BOE-A-2022-491
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 1. Creación y objetivos.