I. Disposiciones generales. PRESIDENCIA DEL GOBIERNO. Organización. (BOE-A-2022-490)
Real Decreto 40/2022, de 12 de enero, de modificación del Real Decreto 634/2021, de 26 de julio, por el que se reestructura la Presidencia del Gobierno.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 11
Jueves 13 de enero de 2022
Sec. I. Pág. 3178
3. Dependiendo directamente de la Secretaría de Estado de Comunicación
existirán los siguientes Departamentos, cuyos titulares tendrán el rango de
Director General:
Departamento de Información Nacional.
Departamento de Información Internacional.
Departamento de Información Autonómica.
Departamento Digital.
Departamento de Coordinación Informativa.
4. Del Departamento de Información Nacional depende la Unidad de
Información Nacional, y la Unidad de Información Económica. Ambas con rango
de Subdirección General.
5. Del Departamento de Información Internacional depende la Subdirección
General de Información Internacional.
6. Del Departamento de Información Autonómica depende la Subdirección
General de Información Autonómica.
7. Del Departamento Digital depende la Unidad de Información Digital, con
rango de Subdirección General.
8. Del Departamento de Coordinación Informativa depende la Unidad de
Coordinación Institucional, con rango de Subdirección General.
9. Depende también del titular de la Secretaría de Estado de Comunicación
un Gabinete como órgano de apoyo, asistencia inmediata y asesoramiento
permanente, con nivel orgánico de Subdirección General, con la estructura que
establece el artículo 23.3 del Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que
se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales o
norma que le sustituya.
10. Dependiendo directamente de la Secretaría de Estado de Comunicación,
existirá una Unidad de Logística Informativa, con rango de Subdirección General,
a la que le corresponderá la gestión de los medios técnicos y audiovisuales
necesarios para la cobertura informativa de las actividades públicas del presidente
del Gobierno, el Ministro de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria
Democrática, y la Portavoz del Gobierno, así como prestar los servicios de apoyo
que sean necesarios a los demás departamentos ministeriales.
11. Dependiendo directamente de la persona titular de la Secretaría de
Estado de Comunicación existirá una Subdirección General de Análisis y
Documentación, que será el órgano encargado de la edición y mantenimiento
actualizado de la Agenda de la Comunicación, del seguimiento y tratamiento
documental de la información nacional e internacional, de la gestión y
mantenimiento de las bases de datos y del análisis informativo de coyuntura
política, económica y social.
12. Dependiendo directamente de la persona titular de la Secretaría de
Estado de Comunicación existirá una Unidad de Publicidad Institucional, que
prestará apoyo al ejercicio de las competencias atribuidas a la Secretaría de
Estado de Comunicación en esta materia, y, en concreto, al funcionamiento de la
Comisión de publicidad y comunicación institucional.
13. Dependiendo directamente de la persona titular de la Secretaría de
Estado de Comunicación existirá una Unidad de Desarrollo, que prestará apoyo al
ejercicio de las competencias atribuidas a la Secretaría de Estado de
Comunicación en la elaboración y diseño del desarrollo de la política de
comunicación del Gobierno.
14. Dependerán directamente de la Secretaría de Estado de Comunicación
las oficinas de comunicación de las misiones diplomáticas de España, en los
términos establecidos en la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de la Acción y del
Servicio Exterior del Estado.
cve: BOE-A-2022-490
Verificable en https://www.boe.es
a)
b)
c)
d)
e)
Núm. 11
Jueves 13 de enero de 2022
Sec. I. Pág. 3178
3. Dependiendo directamente de la Secretaría de Estado de Comunicación
existirán los siguientes Departamentos, cuyos titulares tendrán el rango de
Director General:
Departamento de Información Nacional.
Departamento de Información Internacional.
Departamento de Información Autonómica.
Departamento Digital.
Departamento de Coordinación Informativa.
4. Del Departamento de Información Nacional depende la Unidad de
Información Nacional, y la Unidad de Información Económica. Ambas con rango
de Subdirección General.
5. Del Departamento de Información Internacional depende la Subdirección
General de Información Internacional.
6. Del Departamento de Información Autonómica depende la Subdirección
General de Información Autonómica.
7. Del Departamento Digital depende la Unidad de Información Digital, con
rango de Subdirección General.
8. Del Departamento de Coordinación Informativa depende la Unidad de
Coordinación Institucional, con rango de Subdirección General.
9. Depende también del titular de la Secretaría de Estado de Comunicación
un Gabinete como órgano de apoyo, asistencia inmediata y asesoramiento
permanente, con nivel orgánico de Subdirección General, con la estructura que
establece el artículo 23.3 del Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que
se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales o
norma que le sustituya.
10. Dependiendo directamente de la Secretaría de Estado de Comunicación,
existirá una Unidad de Logística Informativa, con rango de Subdirección General,
a la que le corresponderá la gestión de los medios técnicos y audiovisuales
necesarios para la cobertura informativa de las actividades públicas del presidente
del Gobierno, el Ministro de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria
Democrática, y la Portavoz del Gobierno, así como prestar los servicios de apoyo
que sean necesarios a los demás departamentos ministeriales.
11. Dependiendo directamente de la persona titular de la Secretaría de
Estado de Comunicación existirá una Subdirección General de Análisis y
Documentación, que será el órgano encargado de la edición y mantenimiento
actualizado de la Agenda de la Comunicación, del seguimiento y tratamiento
documental de la información nacional e internacional, de la gestión y
mantenimiento de las bases de datos y del análisis informativo de coyuntura
política, económica y social.
12. Dependiendo directamente de la persona titular de la Secretaría de
Estado de Comunicación existirá una Unidad de Publicidad Institucional, que
prestará apoyo al ejercicio de las competencias atribuidas a la Secretaría de
Estado de Comunicación en esta materia, y, en concreto, al funcionamiento de la
Comisión de publicidad y comunicación institucional.
13. Dependiendo directamente de la persona titular de la Secretaría de
Estado de Comunicación existirá una Unidad de Desarrollo, que prestará apoyo al
ejercicio de las competencias atribuidas a la Secretaría de Estado de
Comunicación en la elaboración y diseño del desarrollo de la política de
comunicación del Gobierno.
14. Dependerán directamente de la Secretaría de Estado de Comunicación
las oficinas de comunicación de las misiones diplomáticas de España, en los
términos establecidos en la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de la Acción y del
Servicio Exterior del Estado.
cve: BOE-A-2022-490
Verificable en https://www.boe.es
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