III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Financiación. Entes locales. (BOE-A-2022-472)
Resolución de 7 de enero de 2022, de la Secretaría General de Financiación Autonómica y Local, por la que se establecen instrucciones relativas al calendario, actuaciones, contenido de los planes de ajuste, y de su revisión, y de los modelos para utilizar en el procedimiento extraordinario de financiación para la cancelación de obligaciones pendientes de pago de determinadas entidades locales.
6 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 10
Miércoles 12 de enero de 2022
Sec. III. Pág. 2660
ANEXO II
Contenido del modelo de certificado individual de la intervención local
de reconocimiento de la existencia de obligaciones pendientes de pago a cargo
de la entidad local
1.º Datos identificativos del Interventor de la entidad local o unidad equivalente.
2.º Certificación por el Interventor de que las obligaciones pendientes de pago que
se detallan reúnen todos los requisitos previstos en el apartado dos de la disposición
adicional nonagésima cuarta de la Ley 22/2021.
3.º Los siguientes datos identificativos de cada una de las obligaciones pendientes
de pago.
a) Número identificativo de la factura, de la solicitud de pago o contraprestación, o
de la obligación derivada de un Convenio de colaboración.
b) Datos de identificación del contratista (adjudicatario o cesionario, según
corresponda):
–
–
–
–
c)
NIF.
Apellidos y nombre o denominación social.
Domicilio social.
Naturaleza de la empresa (PYME/autónomo/otro).
Importe de la obligación pendiente de pago:
– Importe del principal pendiente de pago (en euros, incluido IVA, o en su caso, IGIC.
Y sin incluir intereses, costas judiciales o cualesquiera otros gastos accesorios).
cve: BOE-A-2022-472
Verificable en https://www.boe.es
d) Fecha de entrada en el registro administrativo (deberá ser anterior al 1 de julio
de 2021).
e) Indicación de si el contratista ha instado la exigibilidad de la deuda ante
Tribunales de Justicia, y en caso afirmativo, fecha de la reclamación.
f) Existencia de acuerdo fraccionado de pago con la entidad local, y, en caso
afirmativo, importe total pendiente de pago.
g) Datos de la domiciliación bancaria.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 10
Miércoles 12 de enero de 2022
Sec. III. Pág. 2660
ANEXO II
Contenido del modelo de certificado individual de la intervención local
de reconocimiento de la existencia de obligaciones pendientes de pago a cargo
de la entidad local
1.º Datos identificativos del Interventor de la entidad local o unidad equivalente.
2.º Certificación por el Interventor de que las obligaciones pendientes de pago que
se detallan reúnen todos los requisitos previstos en el apartado dos de la disposición
adicional nonagésima cuarta de la Ley 22/2021.
3.º Los siguientes datos identificativos de cada una de las obligaciones pendientes
de pago.
a) Número identificativo de la factura, de la solicitud de pago o contraprestación, o
de la obligación derivada de un Convenio de colaboración.
b) Datos de identificación del contratista (adjudicatario o cesionario, según
corresponda):
–
–
–
–
c)
NIF.
Apellidos y nombre o denominación social.
Domicilio social.
Naturaleza de la empresa (PYME/autónomo/otro).
Importe de la obligación pendiente de pago:
– Importe del principal pendiente de pago (en euros, incluido IVA, o en su caso, IGIC.
Y sin incluir intereses, costas judiciales o cualesquiera otros gastos accesorios).
cve: BOE-A-2022-472
Verificable en https://www.boe.es
d) Fecha de entrada en el registro administrativo (deberá ser anterior al 1 de julio
de 2021).
e) Indicación de si el contratista ha instado la exigibilidad de la deuda ante
Tribunales de Justicia, y en caso afirmativo, fecha de la reclamación.
f) Existencia de acuerdo fraccionado de pago con la entidad local, y, en caso
afirmativo, importe total pendiente de pago.
g) Datos de la domiciliación bancaria.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X