III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2022-479)
Resolución de 29 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el IV Convenio colectivo estatal de la industria, las nuevas tecnologías y los servicios del sector del metal.
173 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 10
Miércoles 12 de enero de 2022
C.
Sec. III. Pág. 2990
Medios auxiliares, equipos y herramientas:
– Útiles del equipo de trabajo.
– Mantenimiento y verificaciones, manual del fabricante, características de los
principales elementos, dispositivos de seguridad, documentación, sistemas de elevación,
etc.
D.
Verificación, identificación y vigilancia del lugar de trabajo y su entorno:
– Riesgos y medidas preventivas necesarias.
– Conocimiento del entorno del lugar de trabajo (ubicación de acopios y material de
desecho, proximidad de conexiones). Planificación de las tareas desde un punto de vista
preventivo.
– Tránsito por la obra (zanjas, desniveles).
– Implantación en el lugar de trabajo (prevención de caídas de personas a distinto
nivel, daños a terceros, etc.
E.
Interferencias entre actividades:
– Actividades simultáneas o sucesivas.
– Ventilación del lugar de trabajo. Ruidos.
– Señalización y tránsito.
F.
Derechos y obligaciones:
– Marco normativo general y específico.
– Organización de la prevención.
– Fomento de la toma de conciencia sobre la importancia de involucrarse en la
prevención de riesgos laborales.
– Participación, información, consulta y propuestas.
7. Contenido formativo para instalaciones, reparaciones, montajes, estructuras
metálicas cerrajería y carpintería metálica:
El contenido formativo para estas actividades, cuyo módulo tendrá una duración
mínima de 20 horas, se esquematiza de la siguiente forma:
A.
Definición de los trabajos:
– Dependiendo del puesto de trabajo, se podrán definir los siguientes trabajos:
Trabajos mecánicos, ferroviarios, instalaciones de edificios, los referidos a instalaciones
de telecomunicaciones, a instalaciones de gas y agua, así como otros más específicos
relativos a instalaciones y mantenimiento urbano, montaje y desmontaje de andamios
industriales y montaje de aislamiento industrial.
Técnicas preventivas específicas:
– Aplicación del plan de seguridad y salud en la tarea concreta. Evaluación de
riesgos en el caso de que no exista plan.
– Protecciones colectivas (colocación, usos, obligaciones y mantenimiento).
– Protecciones individuales (colocación, usos, obligaciones y mantenimiento).
– Formación específica del operador.
– Señalización.
– Conexiones eléctricas o mecánicas.
C.
Medios auxiliares, equipos y herramientas:
– Escaleras.
– Útiles de equipo de trabajo.
– Pequeño material.
cve: BOE-A-2022-479
Verificable en https://www.boe.es
B.
Núm. 10
Miércoles 12 de enero de 2022
C.
Sec. III. Pág. 2990
Medios auxiliares, equipos y herramientas:
– Útiles del equipo de trabajo.
– Mantenimiento y verificaciones, manual del fabricante, características de los
principales elementos, dispositivos de seguridad, documentación, sistemas de elevación,
etc.
D.
Verificación, identificación y vigilancia del lugar de trabajo y su entorno:
– Riesgos y medidas preventivas necesarias.
– Conocimiento del entorno del lugar de trabajo (ubicación de acopios y material de
desecho, proximidad de conexiones). Planificación de las tareas desde un punto de vista
preventivo.
– Tránsito por la obra (zanjas, desniveles).
– Implantación en el lugar de trabajo (prevención de caídas de personas a distinto
nivel, daños a terceros, etc.
E.
Interferencias entre actividades:
– Actividades simultáneas o sucesivas.
– Ventilación del lugar de trabajo. Ruidos.
– Señalización y tránsito.
F.
Derechos y obligaciones:
– Marco normativo general y específico.
– Organización de la prevención.
– Fomento de la toma de conciencia sobre la importancia de involucrarse en la
prevención de riesgos laborales.
– Participación, información, consulta y propuestas.
7. Contenido formativo para instalaciones, reparaciones, montajes, estructuras
metálicas cerrajería y carpintería metálica:
El contenido formativo para estas actividades, cuyo módulo tendrá una duración
mínima de 20 horas, se esquematiza de la siguiente forma:
A.
Definición de los trabajos:
– Dependiendo del puesto de trabajo, se podrán definir los siguientes trabajos:
Trabajos mecánicos, ferroviarios, instalaciones de edificios, los referidos a instalaciones
de telecomunicaciones, a instalaciones de gas y agua, así como otros más específicos
relativos a instalaciones y mantenimiento urbano, montaje y desmontaje de andamios
industriales y montaje de aislamiento industrial.
Técnicas preventivas específicas:
– Aplicación del plan de seguridad y salud en la tarea concreta. Evaluación de
riesgos en el caso de que no exista plan.
– Protecciones colectivas (colocación, usos, obligaciones y mantenimiento).
– Protecciones individuales (colocación, usos, obligaciones y mantenimiento).
– Formación específica del operador.
– Señalización.
– Conexiones eléctricas o mecánicas.
C.
Medios auxiliares, equipos y herramientas:
– Escaleras.
– Útiles de equipo de trabajo.
– Pequeño material.
cve: BOE-A-2022-479
Verificable en https://www.boe.es
B.