III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2022-479)
Resolución de 29 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el IV Convenio colectivo estatal de la industria, las nuevas tecnologías y los servicios del sector del metal.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 10

Miércoles 12 de enero de 2022

Sec. III. Pág. 2894

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
479

Resolución de 29 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Trabajo,
por la que se registra y publica el IV Convenio colectivo estatal de la industria,
las nuevas tecnologías y los servicios del sector del metal.

Visto el texto del IV Convenio colectivo estatal de la industria, las nuevas tecnologías y los
servicios del sector del metal (código de convenio n.º 99003435011900), que fue suscrito con
fecha 3 de noviembre de 2021, de una parte por la organización empresarial Confederación
Española de Organizaciones Empresariales del Metal (CONFEMETAL), en representación de
las empresas del sector, y de otra por las organizaciones sindicales CC. OO.-Industria
y FICA-UGT, en representación del colectivo laboral afectado, y de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 90, apartado 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto
refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE de 24 de
octubre), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de
convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción del citado convenio colectivo en el correspondiente Registro
de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad con
funcionamiento a través de medios electrónicos de este centro directivo, con notificación
a la comisión negociadora.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 29 de diciembre de 2021.–La Directora General de Trabajo, Verónica
Martínez Barbero.
IV CONVENIO COLECTIVO ESTATAL DE LA INDUSTRIA, LAS NUEVAS
TECNOLOGÍAS Y LOS SERVICIOS DEL SECTOR DEL METAL
CAPÍTULO I
Naturaleza jurídica, ámbitos y condiciones generales

El Convenio Colectivo Estatal de la Industria, las Nuevas Tecnologías y los Servicios
del Sector del Metal (CEM) ha sido negociado y suscrito al amparo de lo dispuesto en el
título III del Estatuto de los Trabajadores, y más concretamente del artículo 83 y 84 de
dicho texto legal. Sus disposiciones poseen eficacia directa general de carácter
normativo.
Artículo 2. Ámbito funcional.
El ámbito funcional del sector del metal comprende a todas las empresas que
realizan su actividad, tanto en procesos de fabricación, elaboración o transformación de
productos industriales y/o tecnológicos, como en los de montaje, reparación,

cve: BOE-A-2022-479
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 1. Naturaleza jurídica.