III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2022-476)
Resolución de 29 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo del sector de mataderos de aves y conejos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 10

Miércoles 12 de enero de 2022

Sec. III. Pág. 2714

Asimismo, en aquellas empresas que tuvieran implantado un sistema de incentivos,
no aplicarán hasta 31 de diciembre del 2025 en el precio punto prima los incrementos
del 2,6% derivados de la compensación por la supresión de la antigüedad.
Quinta. Plus de convenio. Mientras se produce la integración del plus de convenio
en el salario base a enero de 2025, se estará a lo previsto en el artículo 29.
Artículo 60.

Disposiciones complementarias.

Comisión Paritaria Clasificación Profesional.
Las partes negociadoras acuerdan establecer una Comisión paritaria en materia de
clasificación profesional compuesta por tres miembros designados por cada parte, al
objeto de adaptar el actual sistema de clasificación profesional a la realidad industrial
actual y a lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores a lo largo de la vigencia del
convenio y se adaptarán aquellas materias del texto que entren en contradicción con el
nuevo sistema.
Comisión Paritaria para la Igualdad de Oportunidades.
La Comisión Paritaria para la Igualdad de Oportunidades y la no discriminación,
estará integrada por tres componentes de la representación empresarial y tres de la
representación sindical. La Comisión fijará el contenido de sus labores, así como el
reglamento interno de funcionamiento y el calendario de reuniones. Las partes en el
seno de esta Comisión trabajarán en todos los temas que le sean propios y, en especial,
en la difusión del Protocolo de Acoso Laboral y Sexual suscrito así como impulsar la
realización de estudios sobre la posible brecha salarial existente.
Observatorio Sectorial Estatal de Industrias Cárnicas.
Las partes solicitarán, en su caso, su incorporación al Observatorio sectorial estatal
de industrias cárnicas.
Disposiciones finales
Artículo 61. Disposición derogatoria.
Queda derogado en todas sus partes el Convenio Colectivo Estatal para la Industria
de Mataderos de Aves y Conejos que fue suscrito con fecha 21 de noviembre de 2017
(BOE de 13 de febrero de 2018) y las modificaciones posteriores a dicha fecha y
anteriores a la presente.
Artículo 62.

Normativa supletoria.

En lo no previsto o regulado en este Convenio Básico, serán de aplicación las
normas que sobre la materia vengan establecidas por la legislación general.

Las partes firmantes del presente convenio coinciden en señalar que la utilización de
las denominadas cooperativas de trabajo asociado no es la solución adecuada para la
necesaria estabilidad del empleo en el Sector, la formación profesional de los
trabajadores, la mejora de la productividad y la competitividad de las empresas.
Consecuentemente, las partes acuerdan que las empresas que hayan venido
utilizando cooperativas de trabajo asociado durante el año 2000, reducirán
progresivamente el uso de las mismas, tomando como base el porcentaje de su

cve: BOE-A-2022-476
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 63. Cooperativas de trabajo asociado.