III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2022-478)
Resolución de 29 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo nacional de comercio minorista de droguerías y perfumerías.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 10
Miércoles 12 de enero de 2022
Área Funcional
Grupo Profesional
Puesto
Convenio interprovincial
Sec. III. Pág. 2884
Categorías actuales
Convenio Comercio en General de
las comarcas de Lleida
Dependiente.
Vendedor.
Vendedor.
Profesional de oficio de 2.ª.
Consejeros/as de venta y de
imagen del establecimiento.
Comercial.
Repartidor.
Viajante.
Corredor de plaza.
Mozo especializado.
Rotulista.
Decorador.
Organización del establecimiento
comercial y atención al cliente.
Escaparatista.
Dibujante.
Reponedor.
Ayudante.
Vigilante.
Personal auxiliar.
Portero.
Personal de limpieza.
Auxiliares de venta y sala.
Cajero/a autoservicio.
Ayudante de venta y servicios.
Director.
Dirección.
Servicios Logísticos.
Jefe de sector.
Ayudante de montaje.
Ayudante.
Director.
Encargado General.
Jefe de División.
Jefe de Unidad.
Jefe de almacén.
Jefe de Sección.
Jefe de Grupo.
Coordinadores.
Jefe de Equipo.
Especialistas logísticos y de
transporte.
Repartidor.
Mozo especializado.
Reponedor.
Ayudante.
Auxiliares logísticos y de
transporte.
Personal auxiliar.
Reglas especiales relativas a conceptos salariales:
cve: BOE-A-2022-478
Verificable en https://www.boe.es
1.º El concepto denominado Plus de vinculación, regulado en el actual artículo 30
del convenio de Comercio en General de las comarcas de Lleida, pasará a integrarse en
el denominado antigüedad consolidada.
Núm. 10
Miércoles 12 de enero de 2022
Área Funcional
Grupo Profesional
Puesto
Convenio interprovincial
Sec. III. Pág. 2884
Categorías actuales
Convenio Comercio en General de
las comarcas de Lleida
Dependiente.
Vendedor.
Vendedor.
Profesional de oficio de 2.ª.
Consejeros/as de venta y de
imagen del establecimiento.
Comercial.
Repartidor.
Viajante.
Corredor de plaza.
Mozo especializado.
Rotulista.
Decorador.
Organización del establecimiento
comercial y atención al cliente.
Escaparatista.
Dibujante.
Reponedor.
Ayudante.
Vigilante.
Personal auxiliar.
Portero.
Personal de limpieza.
Auxiliares de venta y sala.
Cajero/a autoservicio.
Ayudante de venta y servicios.
Director.
Dirección.
Servicios Logísticos.
Jefe de sector.
Ayudante de montaje.
Ayudante.
Director.
Encargado General.
Jefe de División.
Jefe de Unidad.
Jefe de almacén.
Jefe de Sección.
Jefe de Grupo.
Coordinadores.
Jefe de Equipo.
Especialistas logísticos y de
transporte.
Repartidor.
Mozo especializado.
Reponedor.
Ayudante.
Auxiliares logísticos y de
transporte.
Personal auxiliar.
Reglas especiales relativas a conceptos salariales:
cve: BOE-A-2022-478
Verificable en https://www.boe.es
1.º El concepto denominado Plus de vinculación, regulado en el actual artículo 30
del convenio de Comercio en General de las comarcas de Lleida, pasará a integrarse en
el denominado antigüedad consolidada.