III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2022-478)
Resolución de 29 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo nacional de comercio minorista de droguerías y perfumerías.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 10

Miércoles 12 de enero de 2022

Área Funcional

Puesto
Convenio interprovincial

Grupo Profesional

Director.

Sec. III. Pág. 2869

Categorías actuales
Convenio Comercio en General de
Cáceres

Jefe de almacén.

Jefe de sector.

Dirección.

Jefe de Unidad.
Jefe de Sección.

Servicios Logísticos.

Coordinadores.

Jefe de Equipo.

Encargado de mozos (antes
capataz).

Especialistas logísticos y de
transporte.

Repartidor.

Mozo especializado.

Reponedor.

Mozo.
Conserje.

Auxiliares logísticos y de
transporte.

Personal auxiliar.

Vigilante.
Personal limpieza.

Reglas especiales relativas a conceptos salariales de la provincia de Cáceres:
1.º El concepto denominado «Aumentos periódicos por año de servicio» previsto en
el artículo 14 del Comercio en General de Cáceres se incorporará al concepto de
«complemento ad personam».
2.º El Plus «ad personam» sustitutivo del Plus Familiar previsto en el artículo 24 del
Comercio en General de Cáceres se abonará como Complemento Personal.
3.º El Plus compensatorio del Plus familiar previsto en el artículo 24 del Comercio
en General de Cáceres igualmente se abonará como Complemento Personal.
ANEXO III.5
Provincia de Ceuta
Grupo Profesional

Directores/as.
Técnicos.
Administración y Gestión de la
empresa.

Puesto
Convenio interprovincial

Categorías actuales
Convenio Comercio Ceuta

Director.
Técnico analista de sistemas.
Técnico Informático.

Operador de ordenadores.

Secretario/a.
Gestores de Administración.

Oficial Administrativo.

Oficial administrativo.

Ayudante programador.
Auxiliares de Administración.

Ayudante operador.
Auxiliar administrativo.

Auxiliar administrativo.
cve: BOE-A-2022-478
Verificable en https://www.boe.es

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