III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2022-477)
Resolución de 29 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo estatal de las empresas de seguridad para el año 2022.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 10
Miércoles 12 de enero de 2022
Sec. III. Pág. 2768
– Plus de Noche Buena y/o Noche Vieja.
c)
De vencimiento superior al mes:
– Gratificación de Navidad.
– Gratificación de julio.
– Gratificación de marzo.
d)
Indemnizaciones o suplidos:
– Plus de Distancia y Transporte.
– Plus de Mantenimiento de Vestuario.
Artículo 41. Sueldo base.
Se entenderá por sueldo base la retribución correspondiente, en cada uno de los
niveles funcionales a una actividad normal, durante la jornada de trabajo fijada en este
Convenio.
El sueldo base se considerará siempre referido a la jornada legal establecida en este
Convenio. Si por acuerdo particular de la Empresa con sus operarios se trabajara la
jornada con horario restringido, el sueldo base será divisible por horas, abonándose el
que corresponda, que en ningún caso podrá ser inferior al correspondiente a cuatro
horas.
Artículo 42.
Complemento personal de antigüedad.
Todos los trabajadores, sin excepción de niveles funcionales, disfrutarán además de
su sueldo, aumentos por años de servicio, de acuerdo con el siguiente régimen de
devengo del Complemento Personal de Antigüedad, establecido por las siguientes
normas:
a) Los Trienios devengados hasta el 31 de diciembre de 1996 se mantienen en las
cuantías que se relacionan a continuación, sin que experimenten en el futuro incremento
económico alguno y se aplican de acuerdo con el nivel funcional que tuviera el trabajador
a la fecha final de la maduración del trienio antes del 31 de diciembre de 1996.
Tabla de valores trienios
Niveles funcionales
Valor trienio
–
Euros
Director Gerente.
59,24
Director Comercial.
53,12
Director Técnico.
53,12
Director de Personal.
53,12
Jefe de Personal.
46,99
Jefe de Seguridad.
46,99
Titulado Superior.
46,99
Titulado Medio.
40,87
Delegado Provincial-Gerente.
40,87
cve: BOE-A-2022-477
Verificable en https://www.boe.es
Personal Directivo, Titulado y Técnico
Núm. 10
Miércoles 12 de enero de 2022
Sec. III. Pág. 2768
– Plus de Noche Buena y/o Noche Vieja.
c)
De vencimiento superior al mes:
– Gratificación de Navidad.
– Gratificación de julio.
– Gratificación de marzo.
d)
Indemnizaciones o suplidos:
– Plus de Distancia y Transporte.
– Plus de Mantenimiento de Vestuario.
Artículo 41. Sueldo base.
Se entenderá por sueldo base la retribución correspondiente, en cada uno de los
niveles funcionales a una actividad normal, durante la jornada de trabajo fijada en este
Convenio.
El sueldo base se considerará siempre referido a la jornada legal establecida en este
Convenio. Si por acuerdo particular de la Empresa con sus operarios se trabajara la
jornada con horario restringido, el sueldo base será divisible por horas, abonándose el
que corresponda, que en ningún caso podrá ser inferior al correspondiente a cuatro
horas.
Artículo 42.
Complemento personal de antigüedad.
Todos los trabajadores, sin excepción de niveles funcionales, disfrutarán además de
su sueldo, aumentos por años de servicio, de acuerdo con el siguiente régimen de
devengo del Complemento Personal de Antigüedad, establecido por las siguientes
normas:
a) Los Trienios devengados hasta el 31 de diciembre de 1996 se mantienen en las
cuantías que se relacionan a continuación, sin que experimenten en el futuro incremento
económico alguno y se aplican de acuerdo con el nivel funcional que tuviera el trabajador
a la fecha final de la maduración del trienio antes del 31 de diciembre de 1996.
Tabla de valores trienios
Niveles funcionales
Valor trienio
–
Euros
Director Gerente.
59,24
Director Comercial.
53,12
Director Técnico.
53,12
Director de Personal.
53,12
Jefe de Personal.
46,99
Jefe de Seguridad.
46,99
Titulado Superior.
46,99
Titulado Medio.
40,87
Delegado Provincial-Gerente.
40,87
cve: BOE-A-2022-477
Verificable en https://www.boe.es
Personal Directivo, Titulado y Técnico