III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Transporte de mercancías peligrosas. (BOE-A-2022-416)
Resolución de 9 de diciembre de 2021, de la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria, por la que se convocan exámenes, se publica el Tribunal y se señala fecha y hora para la realización de los exámenes para la obtención y renovación de los certificados de consejeros de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por ferrocarril.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 9
Martes 11 de enero de 2022
Sec. III. Pág. 2529
Sexta. Admisión de aspirantes.
Finalizado el plazo para presentación de solicitudes, la Agencia Estatal de Seguridad
Ferroviaria dictará resolución declarando aprobadas las listas provisionales de aspirantes
admitidos y excluidos, con indicación de la causa que motiva su exclusión y la hará pública en
la página web de la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria (www.seguridadferroviaria.es).
Los aspirantes excluidos, así como los que no figuren o figuren con algún dato
erróneo en las relaciones de admitidos, dispondrán de un plazo de diez días hábiles,
contados a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución antes citada, para
subsanar el defecto observado.
Una vez finalizado el plazo de subsanación, la Agencia Estatal de Seguridad
Ferroviaria dictará resolución declarando aprobadas las listas definitivas de aspirantes
admitidos y de aspirantes excluidos, con indicación de la causa que motiva su exclusión
y las hará públicas en la página web de la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria
(www.seguridadferroviaria.es).
Séptima. Lugar, condiciones, fecha y hora de realización de los exámenes.
El lugar de realización de los exámenes se indicará en la resolución por la que se
apruebe la lista definitiva de admitidos, en la que igualmente se establecerán las
condiciones sanitarias en relación con el COVID-19 para la realización del examen de
acuerdo con lo dispuesto por la autoridad competente en la materia.
La fecha de realización de los exámenes será el día 6 de abril de 2022, a las 11:00
horas.
Octava. Tribunal calificador.
El Tribunal calificador de estos exámenes estará compuesto por las siguientes personas:
Tribunal titular:
Presidente: Don Lorenzo de la Torre Barba.
Vocales: Don Luis Islán García, doña María Otero Ruibal y don Víctor Ramón
Pascual Greciano.
Secretaria: Doña Marta Lostalé Villa.
Tribunal suplente:
Presidente: Don Luis del Prado Arévalo.
Vocales: Don Jaime Fraile Torrecilla, don Ignacio Prieto García y doña María Antonia
del Moral Serrano.
Secretario: Don Jesús Rodríguez Élez.
Materias relacionadas con el contenido de los exámenes.
La normativa a tener en cuenta en el desarrollo de los exámenes será el Reglamento
relativo al transporte de mercancías peligrosas por ferrocarril (RID) vigente a la fecha de
la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», las obligaciones
que corresponden al consejero de seguridad determinadas por el Real
Decreto 1566/1999, de 8 de octubre, que regula los consejeros de seguridad para el
transporte de mercancías por ferrocarril o por vía navegable, establecidas en su anexo,
el Real Decreto 412/2001, de 20 de abril, que regula diversos aspectos relacionados con
el transporte de mercancías peligrosas por ferrocarril y el resto de normativa en materia
de mercancías peligrosas por ferrocarril. Aquellos aspirantes que se examinen de la
especialidad global o de clase 1 (explosivos), deberán tener en cuenta el Real
Decreto 130/2017, de 24 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de explosivos
y el Real Decreto 989/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de
artículos pirotécnicos y cartuchería. Dichas normas están disponibles en la página web
cve: BOE-A-2022-416
Verificable en https://www.boe.es
Novena.
Núm. 9
Martes 11 de enero de 2022
Sec. III. Pág. 2529
Sexta. Admisión de aspirantes.
Finalizado el plazo para presentación de solicitudes, la Agencia Estatal de Seguridad
Ferroviaria dictará resolución declarando aprobadas las listas provisionales de aspirantes
admitidos y excluidos, con indicación de la causa que motiva su exclusión y la hará pública en
la página web de la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria (www.seguridadferroviaria.es).
Los aspirantes excluidos, así como los que no figuren o figuren con algún dato
erróneo en las relaciones de admitidos, dispondrán de un plazo de diez días hábiles,
contados a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución antes citada, para
subsanar el defecto observado.
Una vez finalizado el plazo de subsanación, la Agencia Estatal de Seguridad
Ferroviaria dictará resolución declarando aprobadas las listas definitivas de aspirantes
admitidos y de aspirantes excluidos, con indicación de la causa que motiva su exclusión
y las hará públicas en la página web de la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria
(www.seguridadferroviaria.es).
Séptima. Lugar, condiciones, fecha y hora de realización de los exámenes.
El lugar de realización de los exámenes se indicará en la resolución por la que se
apruebe la lista definitiva de admitidos, en la que igualmente se establecerán las
condiciones sanitarias en relación con el COVID-19 para la realización del examen de
acuerdo con lo dispuesto por la autoridad competente en la materia.
La fecha de realización de los exámenes será el día 6 de abril de 2022, a las 11:00
horas.
Octava. Tribunal calificador.
El Tribunal calificador de estos exámenes estará compuesto por las siguientes personas:
Tribunal titular:
Presidente: Don Lorenzo de la Torre Barba.
Vocales: Don Luis Islán García, doña María Otero Ruibal y don Víctor Ramón
Pascual Greciano.
Secretaria: Doña Marta Lostalé Villa.
Tribunal suplente:
Presidente: Don Luis del Prado Arévalo.
Vocales: Don Jaime Fraile Torrecilla, don Ignacio Prieto García y doña María Antonia
del Moral Serrano.
Secretario: Don Jesús Rodríguez Élez.
Materias relacionadas con el contenido de los exámenes.
La normativa a tener en cuenta en el desarrollo de los exámenes será el Reglamento
relativo al transporte de mercancías peligrosas por ferrocarril (RID) vigente a la fecha de
la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», las obligaciones
que corresponden al consejero de seguridad determinadas por el Real
Decreto 1566/1999, de 8 de octubre, que regula los consejeros de seguridad para el
transporte de mercancías por ferrocarril o por vía navegable, establecidas en su anexo,
el Real Decreto 412/2001, de 20 de abril, que regula diversos aspectos relacionados con
el transporte de mercancías peligrosas por ferrocarril y el resto de normativa en materia
de mercancías peligrosas por ferrocarril. Aquellos aspirantes que se examinen de la
especialidad global o de clase 1 (explosivos), deberán tener en cuenta el Real
Decreto 130/2017, de 24 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de explosivos
y el Real Decreto 989/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de
artículos pirotécnicos y cartuchería. Dichas normas están disponibles en la página web
cve: BOE-A-2022-416
Verificable en https://www.boe.es
Novena.